Despido en Periodo de prueba y It

MCG

Nuevo miembro
Hola a todos, tengo el caso de un trabajador que en su primer día de trabajo de camino al mismo sufre un accidente y le dan la baja por accidente laboral...en su contrato tiene estipulado un periodo de prueba de 30 días..el empresario se lo quiere quitar de encima...veis algún inconveniente por darle de baja por no superar el periodo de prueba?..Muchas gracias!
 

Nana

Miembro conocido
Yo le tendría de baja hasta que se recupere y luego, si el empresario así lo decide, nspp

Lo de tramitar un nspp el mismo día del accidente me suena tan cutre  :-X
 

Santiago

Miembro conocido
¿Se indica algo en el contrato de interrumpir el periodo de prueba en caso de Incapacidad Temporal?
 

MCG

Nuevo miembro
No..se indica que en caso de incapacidad temporal no se interrumpirá el cómputo del periodo de prueba
 

Santiago

Miembro conocido
Si no se indica nada del período de prueba entiendo que el periodo de prueba ya ha pasado, y que se lo ha comido la empresa con el AT
Lo más limpio, aunque no es lo más económico, sería esperar a que el trabajador se reincorpore y posteriormente finalizar la relación laboral.
Cualquier otra opción me parece que puede complicar aún más a la empresa

A no ser, que el contrato sea por obra o servicio y realmente ya haya finalizado. Aquí sí que tendría una opción la empresa de finalizar la relación laboral. Pero creo que por cualquier camino va a tener que pagar indemnización de fin de contrato.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues si va para largo, veo problemas con posible nulidad si despides. Mejor esperar. O bien jugársela, esperando que al menos, cuando llegase sentencia, aún estuviera cobrando prestación de IT. Pero, claro, es jugársela.
 

fundación

Miembro conocido
El problema aquí es que no ha ingresado al trabajo en ningún momento, por tanto no ha operado el fin último del período de prueba, ¿no?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pero es que el periodo de prueba ya ha pasado y no se ha interrumpido. Por tanto, solo queda jugársela con despido o bien esperar al alta.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ah, vale. Pues el tema es discutible. Y más con la nueva ley que no permite despedir objetivamente por bajas médicas. Entiendo que la decisión judicial sería improcedencia o nulidad -dependiendo del juez y de la presunta duración de la baja médica.

 

MCG

Nuevo miembro
Muchas gracias a todos por vuestras aportaciones...voy a exponerle a la empresa los pros y los contras y que ellos decidan que quieren hacer...
 

trstn2

Miembro
Me surge una idea, si aun fuera posible.

Y si anulas el alta? Si no se ha presentado al trabajo el primer día haz una anulación del alta y andando.
 
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