Significa que esa ausencia no computa a estos efectos.
Pero nada impide que si existen dos o más ausencias disitintas a ésta dentro del periodo de referencia y que sí reunen los requisitos y que entre ellas (repito, sin contar la ausencia por enfermedad superior a los 20 días) superen los porcentajes exigidos se pueda proceder al despido objetivo por absentismo (y si al empresa lo considera orptuno, por supuesto, que nada la obliga a que adopte esta medida, simplemente es una opción que tiene).
Saludos