Despido Expres

CHARO

Miembro conocido
Aquí os dejo esto, pero con tanto cambio yo cada día tengo más claro que solo sé que no sé nada.


http://eduardortega.blogcanalprofesional.es/indemnizaciones-por-despido-es-necesaria-la-conciliacion-administrativa-o-judicial-para-quedar-exentas-del-i-r-p-f/
 

leguleyo

Nuevo miembro
Efectivamente. Si no hay cmac, tributa. Así de tajante.

Otra cosa es que dependiendo de los importes le sale más caro al empresario pagarte el CMAC que no pagar una retención minúscula, incluso con recargos...
 

jcg73

Miembro activo
Charo y Leguleyo,,

dónde habéis leído en este artículo que la indemnización por despido objetivo estará sujeta a IRPF si no se celebra la conciliación?????

O yo estoy muy espeso o no lo he sabido ver........
 

Sergei

Miembro conocido
Me uno a la pregunta.
Solo veo en el artículo que tributen los excesos sobre los límites del objetivo.
 

leguleyo

Nuevo miembro
Esto me pasa por leer en diagonal el post de charo...

No, si es objetivo por supuesto no hace falta pasar por CMAC para estar exento.
 

CHARO

Miembro conocido
Fernando, un mal día lo tiene cualquiera, antes de este artículo había leído otro que me había generado la duda, pero fue una mala interpretación por mi parte, colgue esté precisamente porque está muy claro, y es que nos cambian tantas cosas, que yo ya lo miro todo mil veces por si a caso. Creo que nunca, en los 14 años que llevo trabajando en esto, me había sentido tan insegura. Nos tendrían que pagar un plus de peligrosidad o de estres profesional. Disculpas por disparar las alarmas, está claro que objetivos estan exentos, por lo menos, de momento...
 

FERNANDO

Miembro conocido
No pasa nada, Charo; yo también dudo muchas veces. Sobre todo cuando te piden una opinión que no admite el mínimo error. Y hay tantas cosas a considerar; seguridad de los acuerdos, temas fiscales. En cualquier cosa la puedes cagar.
 

jcg73

Miembro activo
Un lapsus lo tenemos todos, vaiando el hilo, despido objetivo, el trabajador impugna y se concilia por mas de 20 dias y menos de 33. Entiendo que de acuwrdo a la ley del irpf, dichp exceso  de 20 dias sigue sin tributar. Estais de acuerdo???
 

CHARO

Miembro conocido
Ufff no sé yo, ya  :eek: ja ja ja  en broma. Si, estoy de acuerdo jcg73, yo entiendo que el exceso tributaria en este caso.
 

signifer

Miembro
Despido objetivo indemnizado según ET con 20 días/año. El trabajador no reclama, con lo que el despido se consolida como procedente y la indemnización estará exenta.

Si el trabajador reclama. En el SMAC concilian que el despido se reconozca como PROCEDENTE, pero mejorando la indemnización con un importe que no supera lo correspondiente al improcedente. La indemnización quedará exenta y la empresa tendrá un despido procedente, lo que le servirá para evitar los perjuicios de  tener despidos improcedentes.

Por lo que estoy de acuerdo con jcg73. Es equiparable a las indemnizaciones que se acuerdan en los EREs para mejorar los 20 días/año


Saludos
 

CHARO

Miembro conocido
Ja ja ja, ves? no tengo el día, totalmente de acuerdo contigo, aunque diga lo contario ja ja ja, me voy pa casa ::) :-X ;D
 

Nando_bcn

Miembro conocido
jcg73 dijo:
SIgNIFER dijo:
Entiendo que informas a los trabajadores para que sepan que se debe pasar por SMAC, para tener la renta exenta, en un despido que se quiere reconocer como improcedente. Pero, ¿les indicas que pidan conciliación, también cuando la causa alegada es objetiva y se ha pagado la indemnización correspondiente a 20 dias/año?

En estos casos entiendo que la indemnización sigue siendo exenta y no requiere pasar por CMAC. Aunque aquí no sé yo si el SEPE en estos despidos, le piden al trabajador que certifique que ha cobrado la indemnización......

En principio, y en base a una modificación de la LGSS de junio pasado, en principio el SEPE pedirá que se ecredite el haber cobrado la indemn ización o, en su defecto, que el trabajador (que está solicitando la prestación por desempleo) ha impugnado el despido.

Ahí va un link a un artículo sobre esta cuestión (del que creo tuve noticia en este mismo foro)

Saludos


http://www.expansion.com/2013/04/08/emprendedores-empleo/desarrollo-de-carrera/1365409707.html
 
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