despido improcedente. cotizacion irpf y ss

Espe

Nuevo miembro
Buenos días:
Cuando la indemnización supera los límites establecidos en el estatuto y se realiza acto de cotización, ésta debe cotizar a seguridad social (lo que excede)? a IRPF tengo claro que sí.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Mr. White dijo:
El exceso cotiza y tributa.

Efectivamente.
Aunque la duda pareces tenera únicamente a efectos de cotización, respeto al IRPF recuerda que puedes aplicar la reducción del 30% como renta irregular o de devengo superior a los dos años (siempre que la antigüedad sea superior a los dos años, claro).
Y respecto a la cotización, tu duda, y una vez dejado claro que ese exceso cotiza, ten en cuenta que sería vía liquidación complementaria, prorratenado la cotización a o largo del año natural (dirante los meses dados de alta, claro).

Saludos
 
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