El fogasa realiza el pago directo en "En las empresas de menos de veinticinco trabajadores, el Fondo de Garantía Salarial hace efectivo el 40 por 100 de la indemnización legal que corresponda a cada trabajador, cuando se extinga la relación laboral en virtud de despido colectivo o cuando exista la necesidad objetivamente acreditada de amortizar puestos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
El cálculo del importe de este abono se realizará sobre la base de 20 días por año de antigüedad, ajustadas al límite máximo de una anualidad, sin que el salario diario base del cálculo, pueda exceder del triple del salario mínimo interprofesional con prorrateo de pagas extraordinarias".
Perdonad pero no he llevado nunca un caso de estos, se trata de una empresa que quiere despedir a uno de sus trabajadores, son 5 en plantilla, pero no tiene dinero para ni para la indemnización de los 20 días. Como sería el procedimiento en este caso, que habría que hacer?
El cálculo del importe de este abono se realizará sobre la base de 20 días por año de antigüedad, ajustadas al límite máximo de una anualidad, sin que el salario diario base del cálculo, pueda exceder del triple del salario mínimo interprofesional con prorrateo de pagas extraordinarias".
Perdonad pero no he llevado nunca un caso de estos, se trata de una empresa que quiere despedir a uno de sus trabajadores, son 5 en plantilla, pero no tiene dinero para ni para la indemnización de los 20 días. Como sería el procedimiento en este caso, que habría que hacer?