DESPIDO OBJETIVO POR INCAPACIDAD SOBREVENIDA

Clo

Nuevo miembro
Buenos días,
Me comenta el empresario que desde el servicio de prevención le dicen q una trabajadora está un poco cascadilla, y que no puede subir escaleras, y que tiene que descansar cada xxx porque no puede estar tanto tiempo de pie, ...y en definitiva, que no puede hacer bien su trabajo porque es cocinera de un restaurante, y la cocina está en el piso de arriba, y en la cocina se está de pie. Es un sitio grande de comida rápida que van a tope.
Entonces le dije al empresario que con el informe de prevención estudiaba hacerle despido objetivo x incapacidad sobrevenida.
Y me dice el empresario que el del servicio de prevención le comenta que no vale la pena, o que no se puede hacer, o no se que le dice, pero la conclusión es que si la quiere despedir que le haga disciplinario y que negocie la indemnización,...
Me ha extrañado bastante. ¿No le puedo hacer objetivo x incapacidad con el informe de a PRL?
Sólo se me ocurre que el posible informe no fuera tan malo, no?
Gracias y saludos,
 

fundación

Miembro conocido
Habrá un "apta con restricciones", más que ineptitud, por tanto pasaría a ser "personal especialmente sensible", con la consiguiente necesidad de modificación de sus condiciones de trabajo, adaptación del puesto, etc. antes que hacer un despido directo, que de hacerlo así podría considerarse nulo.

Yo también sufriría si tuviera que hacerlo (lo de subir escaleras, y estar horas de pie), y me siento joven aún.  8)

Un caso que tuvimos hace unos meses, despedimos a un albañil, después de una IT agotando el período máximo con muchos problemas musculares, de articulaciones, deterioro físico provocado por el alcohol (que es más difícil de probar), etc.  Al final se pactó en conciliación una mejora de su despido por ineptitud, su abogada ya nos comentó que iría por IP contra el INSS, y nos llamó hace poco que lo había conseguido (en estos tiempos).
 

FERNANDO

Miembro conocido
Lo suyo sería hacer un análisis pericial del puesto de trabajo de la empreada y, si a la vista de las liitaciones de la empleada (explicadas en la aptitud con restricciones resulta que sus limitaciones le impiden realizar la maýor parte de sus tareas entonces, sí, fundamental despido objetivo que, en caso de no ser decretado procedente, sería improcedente, no nolo.
 

fundación

Miembro conocido
Sí, no llegaría a nulidad por lo que he visto. Pero me reafirmo que si no se siguen los pasos adecuados en cuanto al puesto de trabajo, modificación, adaptación, etc. llegaría a la improcedencia.
 

Clo

Nuevo miembro
Gracias chicos! Hablaré con servicio de prevención y estudiaré como está el tema.
Un saludo,
 

Mr. White

Miembro activo
fundación dijo:
Sí, no llegaría a nulidad por lo que he visto. Pero me reafirmo que si no se siguen los pasos adecuados en cuanto al puesto de trabajo, modificación, adaptación, etc. llegaría a la improcedencia.

Yo no descartaría el nulo ni mucho menos.

Hay alguna sentencia a nivel comunitario que empieza a considerar discriminatorios ciertos despidos de gente que lleva mucho de baja, declarando su nulidad. Y lo basa en la enfermedad, que puede llegar a ser una discapacidad si se cumplen ciertos requisitos.

http://www.graduadosocial.net/web/laboral/783-posible-nulidad-del-despido-del-trabajador-que-coge-bajas-medicas-por-una-enfermedad-que-le-acarrea-limitaciones-criterios-del-tribunal-de-justicia-de-la-union-europea.html
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, no sería descartable 100%, pero entiendo que si el despido se basa en criterios objetivos (no poderse realizar el trabajo) y si se pagan los correspondientes 20 días por año, pues no tendría por qué haber nulidad. Una cosa es despedir por la invalidez en sí y, otra, hacerlo porque dicha incapacidad dificulta la realización del trabajo.
 

pablo

Nuevo miembro
Yo solicitaría una evaluación del puesto de trabajo minuciosa, aunque ya la hubiera, al servicio de prevención de riesgos o al técnico contratado al efecto. Remitiría esa nueva evaluación indicando las medidas posibles para adaptar el puesto al servicio de prevención y les pediría un nuevo certificado de aptitud. Que se "mojen", ya he sufrido un par de jugadas por conclusiones "tibias" de servicios médicos, debiendo resolver contratos por ineptitud sobrevenida un año o año y medio más tarde, tras un nuevo periodo de baja. Una letanía que termina añadiendo coste a las empresas.
En este terreno nadie se quiere mojar, al final cuando existe un problema físico real, todos los que toman decisiones se lavan las manos, me encuentro a veces en un verdadero laberinto entre las mutuas, el INSS, los servicios de sanidad pública, la inspección médica... resultado: perjudicado el trabajador y la empresa.

Saludos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pero, además, para evitar posibles nulidades, debería hacerse el análisis pericial de todos los puestos de trabajo de la empresa, para justificar que la readmisión es imposible. Yo si fuera el abogado del trabajador, pediría en acto de juicio dicho análisis para comprobar que la misma no es posible y, así, pedir incluso nulidad.... (y la empresa estaría obligada a presentarla, pues es la única que  puede probar que dicho puesto no existe).
 
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