DESPIDO OBJETIVO Y PAGO DEL FOGASA

PEDRO

Miembro conocido
Buenas tardes:

En una empresa han procedido al despido de la totalidad de su plantilla porcausas objetivas, con la excepción de una trabajadora que fue por fin de contrato. Los trabajadores afectados son siete a los que les entregan una carta en la cual les dicen que no pueden poner su disposición la indemnización por causas económicas y que pueden solicitar el 40 por 100 al FOGASA.
Mi pregunta es ¿no tendrán problemas con el FOGASA para el cobro del 40% por cuanto que el empresario no procedió a la extinción de los contratos mediante el pertinente ERE solicitado ante la autoridad laboral?, ¿no se les denegará la indemnización y les dirá que tenian que haber reclamado a la empresa por ese aspecto formal?.
 

FERNANDO

Miembro conocido
En principio, no cre. El INEM no puede denegar el paro por ese aspecto formal, al no tener el trabajador por qué conocer como debe obrar la empresa en cuanto a ERE o despido objetivo. Entiendo que se aplicaría el mismo caso. En todo caso, si no lo cobras, lo cobrarías del empresario y, por tanto, igualmente pagaría el FOGASA al ser este insolvente.
 

PEDRO

Miembro conocido
Gracias por la respuesta, les prepararé la solicitud y si no resuelven favorablemente a reclamar a la empresa.
 
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