Dos empresas una de fabricacion y venta y otra creada expresamente para la venta en exportación, cada una con su plantilla sin transferencias entre ellas, si bien tienen el mismo domicilio social y gerentes, ambas con grandes perdidas y disminucion de ventas persistentes y continuadas.
Se ha realizado un despido objetivo, causas económicas y productivas pues a demás de las pérdidas no hay nada de pedidos, en la empresa de fabricación, expresando en la carta de despido los datos que justifican dicho despido.
El trabajador amenaza con demandar a las dos empresas pues considera que existe grupo de empresas.
Se que en el grupo de empresas la responsabilidad es solidaria de todas ellas, pero mi pregunta es
¿si el trabajador al final demanda a las dos, la carta de despido es de la que presta su trabajo, esto que consecuencias tiene?
1º Si es improcedente el despido, está claro que son las dos las responsables.
2º Al solo despedirle una empresa y ser grupo, ¿habria que haber hecho la carta con los datos de las dos? o en el acto del juicio en caso de que su ssª estime que son grupo podemos demostrar en el acto del juicio, que la otra empresa también tiene perdidas que justifican el despido, o por el contrario por el simple hecho de ser una sola la empresa que despide ya seria considerado el despido improcente?
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Se ha realizado un despido objetivo, causas económicas y productivas pues a demás de las pérdidas no hay nada de pedidos, en la empresa de fabricación, expresando en la carta de despido los datos que justifican dicho despido.
El trabajador amenaza con demandar a las dos empresas pues considera que existe grupo de empresas.
Se que en el grupo de empresas la responsabilidad es solidaria de todas ellas, pero mi pregunta es
¿si el trabajador al final demanda a las dos, la carta de despido es de la que presta su trabajo, esto que consecuencias tiene?
1º Si es improcedente el despido, está claro que son las dos las responsables.
2º Al solo despedirle una empresa y ser grupo, ¿habria que haber hecho la carta con los datos de las dos? o en el acto del juicio en caso de que su ssª estime que son grupo podemos demostrar en el acto del juicio, que la otra empresa también tiene perdidas que justifican el despido, o por el contrario por el simple hecho de ser una sola la empresa que despide ya seria considerado el despido improcente?
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