Me encuentro con este despido, a ver que os parece a vosotros.
Al trabajador se le comunica su despido por cierre de centro de trabajo pero no se ofrece indemnización y la causa de su baja en seguridad social es la 53 despido disciplinario, según la persona que hace los tramites no hay ningún problema en hacerlo así, siempre y cuando el trabajador no denuncie a la empresa.
Desde nuestro despacho nunca hemos tramitado un despido de esta forma. Si es disciplinario ponemos los motivos que justifican ese despido, y si es por cierre y no hay ninguna causa económica, entendemos que se debería indemnizar y cursar su baja en seguridad social con la situación 54 ¿qué opináis vosotros? ¿podría pasarlo el Inem cuando la trabajadora pida la prestación a la inspección y decir que es un fraude para cobrar prestación?
Muchas gracias y saludo
Al trabajador se le comunica su despido por cierre de centro de trabajo pero no se ofrece indemnización y la causa de su baja en seguridad social es la 53 despido disciplinario, según la persona que hace los tramites no hay ningún problema en hacerlo así, siempre y cuando el trabajador no denuncie a la empresa.
Desde nuestro despacho nunca hemos tramitado un despido de esta forma. Si es disciplinario ponemos los motivos que justifican ese despido, y si es por cierre y no hay ninguna causa económica, entendemos que se debería indemnizar y cursar su baja en seguridad social con la situación 54 ¿qué opináis vosotros? ¿podría pasarlo el Inem cuando la trabajadora pida la prestación a la inspección y decir que es un fraude para cobrar prestación?
Muchas gracias y saludo