Efectivamente, en base a la normativa actual, no debería haber problema.
No obstante siempre cabrá la posibilidad de que el INEM presuma fraude puesto que una empresa que pretenda conseguir un despido procedente lo lógico es que cumpla con todos los requisitos formales, y, entre ellos, debe quedar bien clara y detallada la causa de despido.
Si no lo hace así, ello puede dar pie a pensar en que el empleado despedido no tenía ningún interés en impugnar el despido (porque con una carta así, si lo impugna seguro que consigue la improcedencia) y que, por tanto, en el fondo no se trata de un despido propiamente dicho y que puede existir conneivencia entre empresa y trabajador para que éste obtenga de forma indebida la prestación de desempeo y sin que le cueste un duro en indenización.
Vaya, que sí, lo dicho, que en teoría vale y sé que es el pan nuestro de cada día y que normalmente no pasa nada, pero a veces sí, y es que hay cosas que cantan.
Es por eso yo al menos intentaríua currarme un poco la carta, indicando una causa de despido, hechos concretos, fechas, etc.
Simplemente es una recomendacion.
Y un lamento porque ciertas chapuzas (que no sé si es el caso) sean el pan nuestro de cada dia y así nos va.
Saludos