DESPIDO TRABAJADOR

nayade

Miembro activo
Buenos días! solicito vuestra ayuda en este dolor de cabeza que me trae de vuelta a la pesadilla del mundo de los ERTES

El caso es el siguiente, una empresa quiere despedir a su único trabajador, que estuvo en ERTE (toda su jornada) desde 14/03/2020 hasta 14/02/2021, todo el tiempo con la letra V, no tuvo ni entradas ni salidas en todo ese tiempo que estuvo en ERTE, se exoneró de cuotas hasta 30/09/2020.

Corregidme si me equivoco en este sentido pero solo tiene 6 meses de mantenimiento de empleo, es decir a partir del 14/08/2021 ya le podían despedir sin devolución de cuotas.

Pero qué despido se le podría hacer? y a a partir de cuando para que el tiempo que haya estado en ERTE no le aparezca como paro consumido? lo digo porque he estado viendo en la página de cuestiones laborales que si el despido le hacen antes del 01/01/2023, se entiende que sí lo lo ha consumido, según el tipo de despido pero si el despido se hace a partir de enero de 2023, afecta en algo en ese sentido?
Se podría hacer un despido disciplinario? el trabajador no va a denunciar, un despido objetivo por causas económicas, productivas? (no me he metido aún a ver si lo llega a cumplir)
Quiero plantear a la empresa todas las posibilidades pero sin que tenga problemas en el futuro.

Yo es oír despido y ERTE y me bloqueo.
 

rakelcita

Miembro activo
Creo que si le despides antes del 31/12/2022 no le descuentan del paro que le corresponda los días que estuvo cobrando la prestación por ERTE. Mira este Enlace.

Yo despedí a una trabajadora que estuvo en ERTE, cuando se cumplió el plazo para poder despedir sin devolver las exoneraciones y creo que no tuvo problema, ya que la trabajadora no nos comunicó nada. El despido que se hizo fue objetivo por causas económicas porque la empresa no tenía ya trabajo.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Pero entonces es mejor despedir antes del 2023 no? No entiendo como afecta a la empresa a la hora de tomar la decision.
 

rakelcita

Miembro activo
A la empresa lo que verdaderamente le importa es que hayan cumplido el plazo para poder despedir sin devolver exoneraciones. El que tiene las de perder es el trabajador porque pierde paro si le despiden a partir de 2023. La verdad es que es una faena grande.
 

nayade

Miembro activo
Lo primero que quieren mirar para despedir es que no tengan que devolver nada, que según entiendo eso no pasa (lo entendéis como yo?) y luego ya que le despiden no quieren hacerle la faena de que tenga menos paro.

En el enlace que pones rakelcita está más claro que en lo que yo había visto, según lo que dicen ahí se le podría despedir en octubre de este año y no se le descontarán los días de prestación que consumió estando de ERTE. Ese tema ya aclarado, gracias!

Ahora sobre el tipo de despido, haber estado en ERTE y despedir ahora puede causar algún problema? influye en algo el tipo de despido? o soy yo la que le está dando muchas vueltas a este tema? la palabra ERTE me revuelve el estómago y cuando se junta ERTE+despido ya no veo nada más allá, tengo bloqueo total.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Entiendo que si ha pasado el plazo de mantenimiento de empleo no habria problema con el tema cuotas en ninguna de las dos opciones de despido.
 

rakelcita

Miembro activo
Opino lo mismo que Caslaboral, el tipo de despido debería de dar igual.

Por otro lado, acabo de recordar que en el mes de marzo tuvimos que despedir a una persona de una empresa que estuvo en ERTE desde el primer día del estado de alarma y tuvieron que despedir a una persona antes de que finalizaran los 24 meses que tenían de mantenimiento de empleo desde que sacaron a la primera persona del ERTE. Se hizo despido objetivo por causas económicas y aún no nos ha llegado comunicación de la Seguridad Social reclamando las exoneraciones de la última prórroga de los ERTES. Supongo que en algún momento nos llegará.
 

DANI ML

Miembro conocido
Yo hice despidos disciplinarios hace más de 2 años, a todos los trabajadores que habían estado en Erte; la empresa asumiendo que tendría que devolver la bonificación... y aun estoy esperando.....
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Yo también estoy esperando de un despido que hicimos... Supongo que cómo van reclamando diferencias antiguas cuando lleguen a los periodos en cuestión reclamarán. Yo tengo casos de diferencias y van por junio o julio de 2018, o sea, que hasta que lleguen al 2020 nos podemos echar una siesta... Bueno, es hablar por no callar, igual lo revisan antes.. pero no se que me da que se van a fiar de lo que los ordenadores les vaya marcando..
 

DANI ML

Miembro conocido
Yo es que directamente dudo mucho que el sistema informático de la Seguridad Social esté preparado para calcular y detectar incumplimientos de la salvaguarda de empleo. Todos esos casos en que... si te has aplicado las bonificaciones de tal y tal Decreto... nuevo cálculo de salvaguarda según fecha de reincorporación aunque sea parcial........... Hay casos de cálculos que son verdaderos galimatías...... No me extrañaría que muchos casos se les escapen y acaben prescribiendo
 

DANI ML

Miembro conocido
Recordar que tienen 4 añitos para comprobar...
Je je por supuesto. Pero recuerdo aquellos contratos bonificados que si se despedía antes del trabajador antes de cierto tiempo se perdía la bonificación.... Que cuando se incumplía, ENSEGUIDA llegaba la reclamación de devolución de cuotas. Porque informáticamente era fácil de controlar. Pero en el caso de la salvaguarda de empleo, me imagino que deben activar unos mecanismos informáticos complejos para controlarlo, y quizá, quizá, quizá.... se les acaben escapando cosas
 

toni

Miembro conocido
Ojala sea asi, pero yo ya no me fio de nada... "he visto cosas que vosotros no creeriais".

Recuerdo hace unos cuantos años, este foro tenia el formato antiguo aun, no recuerdo a quien fue, pero a el o a ella y a mi, nos llego una sancion
12 años despues!!!!! Tuve que poner patas arriba el despacho para encontrar ese expediente... Y no, no estaba prescrita...:eek:
 
Última edición:

nayade

Miembro activo
Ojala sea asi, pero yo ya no me fio de nada... "he visto cosas que vosotros no creeriais".

Recuerdo hace unos cuantos años, este foro tenia el formato antiguo aun, no recuerdo a quien fue, pero a el o a ella y a mi, nos llego una sancion
12 años despues!!!!! Tuve que poner patas arriba el despacho para encontrar ese expediente... Y no, no estaba prescrita...
:eek::eek::eek:
Pero en el tema de los ERTES son 4 años, no puede ser más que casi cuento hasta los días que faltan.
Yo hice en su día una baja por jubilación de empresario sin pasar los 6 meses de mantenimiento y tampoco me ha llegado nada aún.
 
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