DESPIDO Y CONCILIACIÓN

Clo

Nuevo miembro
Desido disciplinario. La empresa le paga todo lo que le toca.
El despido será con efectos 31/10/12.
Entonces, ahora como se hace?:

-1.-Nómina y finiquito (vacaciones ptes. y p.e.) +certificado empresa + carta de despido (sin reconocer improcedencia), y se le paga esto a 31/10.
-2.- Se pide hora para conciliación, y allí pagarle sólo el importe de la ind. x despido (y no antes, con el finiquito)

-¿O en conciliación se pagaría todo, nómina, finiquito e indemnización?

Gracias y saludos,
 

FERNANDO

Miembro conocido
Es lo mismo, Clo. De hecho, yo pagaría indemnización en conciliación a efectos de no tributación y punto.
 

jcg73

Miembro activo
De acuerdo con Fernando, Clo si estás en Catalunya y utilizas el Portal de conciliacions puedes hacer constar sólo la indemnización o también las partes proporcionales, si no es cmac por la vía rápida yo le pagaría el finiquito y esperaría a pagar la indemnización en la fecha que te den para conciliar que a dia de hoy están dando fecha para mediados de enero.
 

Clo

Nuevo miembro
Gracias por contestar!
Ok. Pues le pagaré nómina y finiquito mañana.
Después llamare a tamib (antes cuando había acuerdo daban hora bastane pronto, a ver que me encuentro ahora!)
Y en conciliación le pago la indemnización.
... Otra preguntita:
¿os parecería pertinente poner en la misma carta del despido que en el tamib se le pagará la ind. correspondiente???
Es para que el trabajador vea la buena voluntad de la empresa y no se mosquee...
Gracias y saludos,
 
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