Despido y conciliacion posterior

gesfi

Nuevo miembro
Una duda a lo mejor un poco tonta, pero ahora mismo no me aclaro.
Despido disciplinario el 31 de diciembre, conciliación el 30 de enero, en la que se le paga la indemnización hay acuerdo. Esta indemnización en que 190 va, en el del 2012 o el del 2013?.
Yo por error he calculado todo a 31 de diciembre sabiendo que era amistoso y no había retención, es decir le di la nomina pero no el finiquito con la indemnización, pero los calculos los hice a esa fecha, entonces me va en el 190 del 2012. No se si me entendeis.
 

fundación

Miembro conocido
Se entiende exigible en el momento del acuerdo de reconocimiento de improcedencia ante el SMAC y se imputa a dicho ejercicio.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Otra duda tontilla, conciliacion ahora de un despido de diciembre. Se reconoce improcedencia y se paga tambien indemnizacion por daños y perjuicios.

Hace falta hacer nomina de esto y enviar CRAS? O no seria necesario?
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Otra duda tontilla, conciliacion ahora de un despido de diciembre. Se reconoce improcedencia y se paga tambien indemnizacion por daños y perjuicios.

Hace falta hacer nomina de esto y enviar CRAS? O no seria necesario?
Si el trabajador está ya de baja yo no calculo nómina, solo lo incluyo en el 190 del ejecicio que proceda (entendiendo que toda la indeminización es exenta claro)
 
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