Buenos días, ¿Qué tal el veranito?, A TOPE y ¡¡¡¡GRACIAS¡¡¡¡¡ al menos no paro que ya es bastante.
Bueno.. al grano.
Sancioné a una trabajadora de empleo y sueldo en el año 2011 por falta muy grave, ahora voy a despedirla, mi pregunta es si a la hora del cálculo le tengo que descontarle ese periodo; en los ERE no hay que descontar, ¿pero en sanción se le computan?, le di de Baja en Seg. y no cotizé durante ese periodo, por lo tanto, entiendo que esos 2 meses no se deben computar a efecto del cálculo, pero ..a veces dudo de mi misma, je, je.
Gracias a todos.
Bueno.. al grano.
Sancioné a una trabajadora de empleo y sueldo en el año 2011 por falta muy grave, ahora voy a despedirla, mi pregunta es si a la hora del cálculo le tengo que descontarle ese periodo; en los ERE no hay que descontar, ¿pero en sanción se le computan?, le di de Baja en Seg. y no cotizé durante ese periodo, por lo tanto, entiendo que esos 2 meses no se deben computar a efecto del cálculo, pero ..a veces dudo de mi misma, je, je.
Gracias a todos.