DESPIDO

nayade

Miembro activo
Buenos días otra vez!
Ahora que hay que hacer contratos indefinidos casi para todo, a la hora de despedir cómo lo estáis haciendo???
Tengo que hacer un contrato para el sector de la construcción, no va a durar mucho pero va a estar en más de una obra, me preocupa el tema del despido.
Cómo estáis haciendo, objetivo y a conciliación? pagarle a 33 días y reconocer la improcedencia en la carta?
 

pajarillo

Miembro conocido
hmmm. Entiendo que se trata de un contrato indefinido ordinario.
Si no va a tener mucha duración, yo no me calentaría la cabeza y haría un disciplinario, con reconocimiento de improcedencia en el SMAC.
Además, entiendo que para justificar un despido objetivo (por causas productivas del tipo "no hay más obras"), tendría que existir una causa estructural, y que con el despido se permita superar la situación adversa.
Pero si lo habitual es que a lo largo del año surjan múltiples obras a esa empresa, como que no veo la causa objetiva.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Y si no quieren ir a SMAC?
¿Y por qué no quieren?
Tal vez tienen un temor infundado y tú les puedas ayudar a superarlo.
Es un simple trámite.
Para el trabajador permite que la indemnización esté exenta del IRPF (dentro de lo malo, en ese aspecto le dejas un poco más contento, simplemente haciendo las cosas bien) y formalmente queda todo perfectamente resuelto.
 

Bruma

Miembro activo
En realidad, si es indefinido y no es mucho tiempo, el tipo de retención será cero, así que visto de esa manera es un poco hacer el gamba.
 

AFG

Miembro
Se podría hacer un Despido por causas objetivas conforme al articulo 52.b, por no adaptación al puesto de trabajo.
Si está de acuerdo el trabajador no hace falta ir al SMAC.
Y si no está de acuerdo, se va al SMAC
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Que la retención (considerando los ingresos que haya tenido en esta empresa durante este ejercicio) sea 0 no quiere decir que la carga fiscal para el trabajador sea también 0.
Puede tener otros ingresos por otras actividades a lo largo del año.
Tal vez el impacto es pequeño, pero aún así, repito, es un trámite más rápido que renovar el DNI y es una forma de dejarlo todo bien cerrado formalmente.
Y en todo caso, le apetezca a la empresa o no, siempre será decisión del trabajador presentar papeleta de conciliación. Puedes tratar de coordinarlo de inicio con él por las buenas y todo controlado o esperar a que obre por su cuenta cuando (dentro de los 20 dias) y como le parezca oportuno.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Se podría hacer un Despido por causas objetivas conforme al articulo 52.b, por no adaptación al puesto de trabajo.
Si está de acuerdo el trabajador no hace falta ir al SMAC.
Y si no está de acuerdo, se va al SMAC
Hombre, salvo que estés pensando en ofrecerle la indemnización por despido improcedente, muy mal asesorado tiene que estar el trabajador para aceptar 20 en lugar de 33 días/año.
Pero si está de acuerdo, se pueden hacer muchas cosas, la que dices, o un disciplinario improcedente cerrado en el SMAC (o CMAC, según el lugar)
 

Nikki_sp

Miembro conocido
la exencion en irpf conlleca desvincularse de la empresa 3 años, por lo que si la empresa.considera contratarlo mas adelante lo del smac es innecesario
 

Nando_bcn

Miembro conocido
la exencion en irpf conlleca desvincularse de la empresa 3 años, por lo que si la empresa.considera contratarlo mas adelante lo del smac es innecesario
Madre mía, vale, si la empresa, tras despedirle le contrata de nuevo en ese plazo (muy normal no es, aunque es este sector tal vez lo sea), vale, tampoco estará exenta la indemnización.
Pero vamos, lo dicho, al final, el presentar papeleta de conciliación o no es decisión del trabajador. Si el que esté exenta la indemnización se la rempanchinfla, porque no acabe tributando por ella por tener una presión fiscal nula, porque confíe en ser nuevamente contratado... y, lo dicho, no acabo de entender esa reticencia a ir a conciliación. Si hay acuerdo, y previo, es un trámite de lo más simple y rápido.
 
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