DESPIDO

nayade

Miembro activo
Buenos días, se me plantea el caso de despedir a una mujer embaraza alegando causas disciplinarias en la carta de despido, si la trabajadora no denuncia, puede alguien declarar el despido nulo? después del despido iría al paro, la queda muy poco para dar a luz y la contrataron en julio con contrato indefinido.
El mundo de los despidos no me gusta nada.

Por otro lado, en caso de que no la despidan si pide la prestación de maternidad, al haberla contratado en julio, y pedir prestación ahora, se la podrían denegar? o ser objeto de inspección?

Gracias!
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- Si no demanda no pasa nada, claro.
2.- En cuanto a lo segundo, pues, claro, puede tener problemas, dado que la prestación por maternidad suspende el plazo de cobro de desempleo. Vamos, que después de darse de alta por maternidad, cobrará el paro entero sin descontar dicho periodo. Alguien puede sospechar. Lo mejor sería, en todo caso, pagarle indemnización por despido improcedente, al menos.
 

nayade

Miembro activo
Muchas gracias por responder.
Entonces a ver si me he enterado bien, que estos temas me bloquean, se la puede despedir alegando causas disciplinarias y pagarle indemnización por 33 días, si ella no demanda, no pasa nada, pero luego el SEPE puede pedirla que demande a la empresa? y si no lo hace? Ay que dolor de cabeza!
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, el SEPE puede pedir lo que considere, está claro. Ahora bien, la misma ley dice que, si no se ha pagado la indemnización, puede pedir el SEPE a inspección que actúe si no ve el tema claro. Por tanto, si simplemente denegase la prestación por no poder demanda y no actúa tal como dice la LGSS, habrá la trabajadora de interponer reclamación previa porque el SEPE habrá actuado sobrepasando sus límites. Recuerda que el fraude de ley no se supone.
 

AL1978

Miembro conocido
A ver, el SEPE puede pedir lo que considere, está claro. Ahora bien, la misma ley dice que, si no se ha pagado la indemnización, puede pedir el SEPE a inspección que actúe si no ve el tema claro. Por tanto, si simplemente denegase la prestación por no poder demanda y no actúa tal como dice la LGSS, habrá la trabajadora de interponer reclamación previa porque el SEPE habrá actuado sobrepasando sus límites. Recuerda que el fraude de ley no se supone.
Exacto, y esto es muy importante. La empresa despide ejerciendo el poder disciplinario (que ostenta) y el trabajador acciona o no. Que el SEPE haga llamamiento a ITSS bajo una presunción o indicios de fraude es una situación bastante repetida y de actualidad (despidos a vista de jubilación, capitalización de desempleo, prestaciones...). ITSS actuará como corresponda en tiempo y forma y determinará lo que estime (sanción, devolución de prestaciones..)
La cuestión en estos casos es la de siempre: CUÁL ES LA REALIDAD, NO A DONDE QUIERO LLEGAR.
Existe causa real
de despido? A ser posible acreditable (procedente, improcente o nulo será la valoración jurídica). Si existe, y no se trata de una connivencia entre empresa y trabajador, el mismo accionará o no según sus circunstancias y el SEPE no puede imponer una reclamación.

Al final la realidad es la que es, ya expuse mi opinión en otro hilo en tono jocoso : "Yo tengo un "patinete xiaomi" para ir a trabajar y por mucho que me repita que es una Harley Davidson y yo Dennis Hopper en Easy Rider...no soy más que un señor mayor en un patinete chino"
 
Última edición:

Tronchacadenas

Miembro conocido
Es leer "despido" y "embarazo" junto y echarme a temblar
En todo caso la empresa tiene que tener o estar en condiciones de demostrar fehacientemente las causas del despido disciplinario ante un tribunal.
Pasar puede pasar de todo
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo es que,.. no es necesario dar más detalles (que imagino el tema puede ser sensible) pero si todo pasa por "confiar" en que la trabajadora no reclame... o es muy clara la causa de despido (aunque la empresa se está planteando pagar la indemnización por improcedente, que en este caso, dada la antigüedad, será una propina y canta) o es que existe connivencia con la trabajadora y si esto se lo huele el SEPE y/o, de rebote la Inspección puede hacer pupa.
Porque sin causa clara, es más, reconociendo la empresa la improcedencia, muy mal asesorada tiene que estar la trabajadora como para, estando embarazada, no reclame la nulidad (que en este caso es nulidad objetiva, es decir, si no es procedente, el despido es nulo, sí o sí).
Tal vez a la trabajadora ya le va bien, incluso sea algo buscado, pero estas cosas cantan.
 

Argi

Miembro conocido
Al final la realidad es la que es, ya expuse mi opinión en otro hilo en tono jocoso : "Yo tengo un "patinete xiaomi" para ir a trabajar y por mucho que me repita que es una Harley Davidson y yo Dennis Hopper en Easy Rider...no soy más que un señor mayor en un patinete chino"
Un señor mayor en un patinete chino.....me parto. Un ejemplo cojonudo, si no fuera porque los del 78 no son señores mayores sino maduritos...
 

Bruma

Miembro activo
¡Como que maduritos!... ¡Cómo que señor mayor! ¿Un tío con 44 años es un señor mayor o madurito? ¡Pero si todavía tiene las primeras orejas! 😜
 
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