Si pasó a disposición judicial y entró provisionalmente en prisión -a espera del juicio- la fecha de suspensión entiendo que debe ser tres días después de que se le practicara la detención. Igual el Juez de Instrucción le mandó antes, pero claro, si no lo sabes.. 72 horas después, suspensión.
¿No os ha llegado noticia alguna de algún compañero o así?...