despido

SUKY

Nuevo miembro
una empresa pretende despedir por causas objetivas a una trabajadora. Tiene cto indefinido y le es de aplicacion la D.A 1ª del ely 12/2001, es decir, que esd e fomento de empleo.
¿debo pagasr 20 dias de indemnizacion? ¿alguien me pedira alguna documentacion si la empresa se hace cargo de toda la indemniz.?

¿cuando pago 33 días? cuando no reconozaco la improcedencia de esas causas por no poder demostrarlas?

la coletilla del contrato dice" cuando el cto se extingue por causas objetivas y la extincion sea declaracda o reconocida improcedente, la indemnizacion a q se refiere el art53.5 del et, en su remision a los efectos del art. 56 del et, sera de 33 dias"

gracias
 

SUKY

Nuevo miembro
ahh se me olvidaba , la empresa pregunta q si despido por causa economica y luego por ejemplo le hace falta contratar una limpiadora 4h/sem ¿hay algun problema por la nueva contratacion?

me marean un poco la verdad
 

elchuske

Miembro conocido
creo que la cosa va asi. Se despide y en la misma carta reconoces la improcedencia y la indemnizas con 33 dias .
si es por causas objetivas y las puedes demostrar y el juez que te toca no es de los locos que pululan por estos juzgados de dios indemnizas con 20 dias . si la empresa despide por causas objetivas por la mala situacion economica en la misma carta poneS que indemizas con 12 dias y que el resto se lo pagara el FOGASA.
 

SUKY

Nuevo miembro
me han dicho que la empresa se va a hacer cargo del total de la indemnizacion por lo que el fogasa no paga nada. el problema q veo yo es si reclama y no se pueden acreditar suficiente mente las causas economicas. Pero siempre puedo reconocer la im`rocedencia  en la carta y pagar 33 ¿no?

¿sabes si luego puedo contratar a otra persona para otro puesto diferente o hay un limite de tiempo para poder contratar a aguien? es que me achuchan mucho con este tema


gracias
 

archilla

Nuevo miembro
Respecto a la nueva contratacion, si vas a reconocer la improcedencias no vas a tener ningún problema salvo que la empleada tuviera al´gún tipo de bonificacion o la empresa en funcion de lso empleados contabilizados.
 

SUKY

Nuevo miembro
a ver si lo he entendido le entrego la carta con la inddemnizacion de 20 dias. si el despido se hace efectivo el 30 de noviembre, el dia 1 de diciembre consigno en el juzgado de lo social la indemnizacion de 13 dias reconociendo la improcedencia para asegurarme de que no me puede reclamar nada. ¿verdad?
y si no que le paguen 20 y dios dirá.
ya se fijo que hay otra contratacion para otro puesto diferente (es pocac cosa 5 h/sem) espero no tener problemas si al final pagan 20 dias al otro trabajador.
¡como estan las cosas, no hay quien las entienda!
 
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