Desplazamiento a otro país

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piku

Guest
Buenas tardes, tengo una duda: Una empresa se ha quedado sin trabajo para hacer como hasta ahora, en ciudades cercanas al centro de trabajo, pero le han salido trabajos de instalación fuera de España. ¿Se puede negar el trabajador a ir a trabajar a otros países? La empresa no tiene ningún trabajo aquí que ofrecerle y en un anexo al contrato, se firmó que el centro de trabajo estaría dónde esté el trabajo a realizar (se dedican a la instalación, por lo que un centro de trabajo no tienen en realidad)
¿O estaríamos ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y el trabajador tendría que demandar para extinguir su contrato por esta causa?
Muchas gracias por vuestra ayuda. Un saludo.
 

BSK

Miembro activo
Creo que si das un repaso al artículo 40 del Estatuto de los trabajadores te va a quedar más claro. De lo que dices entiendo que se produciría un traslado. En este caso debes cumplir y pueden pasar varias cosas:

1) La empresa está en su derecho de plantear esa posibilidad al trabajador siempre que se justifique la razón económica, técnica, organizativa o de producción.
2) Se tiene que preavisar con 30 días de antelación.
3) El trabajador puede optar por aceptar la medida o pedir la extinción de su contrato con 20 días de salario por año de servicio.
4) El trabajador puede aceptar pero, a la vez, demandar a la empresa para que se considere su decisión como injustificada y pueda retornar.

Todo esto es en relación a un traslado que conlleve un cambio de domicilio del trabajador, en caso de desplazamiento temporal sin cambio de domicilio tiene otras pautas.
 
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