Después de 545 i.t. y resolución denegada

Cris2

Miembro
Buenos días,
Con fecha 07/10/24 un trabajador cumplió los 545 días en i.t., como nos pilló el puente lo dimos de baja en la seg social el día 14/10 con clave 65, al no tener obligación de cotizar.
Ahora le deniegan la incapacidad con fecha 17/10 (a el aun no le llegó notificación pero a la empresa nos vino el fichero) pero no puede venir a trabajar.
Nunca nos pasara este caso y no se que hacer exactamente ¿tendríamos que darlo de alta a fecha hoy que nos hemos enterado por el fichero de su resolución, o esperar que le llegue la carta notificándoselo a el?
gracias,
 

FERNANDO

Miembro conocido
Se da de alta al trabajador cuando vuelva a trabajar, no antes. Entonces, él, pedirá delante del INSS que le vuelvan a dar la baja. Mientras no trabaje porque esté pendiente de la decisión del INSS, pues alta con absentismo.
 

Darmody

Miembro activo
Se da de alta al trabajador cuando vuelva a trabajar, no antes. Entonces, él, pedirá delante del INSS que le vuelvan a dar la baja. Mientras no trabaje porque esté pendiente de la decisión del INSS, pues alta con absentismo.
O que disfrute vacaciones pendientes.
 
La fecha de alta es el día siguiente a que el trabajador reciba la notificación oficial, ya sea por correo certificado o se la haya descargado de la sede electrónica y firmado el recibí. No vale ni la notificación a la empresa ni el SMS que le llega al trabajador, esto que quede claro.
En ese momento el trabajador debería disfrutar las vacaciones pendientes y pasar reconocimiento medico de prevención de riesgos para determinar si puede o no trabajar y en que condiciones.
 
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