DICHOSAS DIETAS

ASTRO

Miembro activo
Buenos dias, llevo un lio tremendo con las dietas porque la he usado muy poco. Trabajador que hace trabajos en otra provincia esporádicamente. Según convenio dieta completa 46€ y media 15€. La empresa paga comida y hotel directamente. Aun así tienen que cobrar dietas los empleados? Mil gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Las dietas son incompatibles (al menos su exención) con el percibo de otro tipo de compensación por el mismo concepto.
Considerando que se refieran solo a la manutención (por 46€ no creo que se espere que haga las 3 comidas diarias más el alojamiento)... a ver, ya por politica de gastos interna de la empresa deberian ser incompatibles pago de la comida por la empresa y compensación por dietas. pero si la empresa asume duplicar compensaciones, allá ella, pero para Hacienda y SS, si le pagan la comida, la dieta no estará exenta.
Como tampoco sería compatible con cualquier otro tipo de compensación de este concepto incluso las que se pueden percibir sin necesidad de desplazamirento, como por ej tarjeta restaurante, vales comida, ayuda alimentaria como concepto dinerario en nómina...
 
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Caslaboral

Miembro conocido
Hombre, mira como esta redactado el convenio, pero en principio si la empresa paga todo no veo porque tambien le tiene que pagar las dietas
 

ASTRO

Miembro activo
Las dietas son incompatibles (a menos su exención) con el percibo de otro tipo de compensación por el mismo concepto.
Considerando que se refieran solo a la manutención (por 46€ no creo que se espere que haga las 3 comidas diarias más el alojamiento)... a ver, ya por politica de gastos interna de la empresa deberian ser incompatibles pago de la comida por la empresa y compensación por dietas. pero si la empresa asume duplicar compensaciones, allá ella, pero para Hacienda y SS, si le pagan la comida, la dieta no estará exenta.
Como tampoco sería compatible con cualquier otro tipo de compensación de este concepto incluso las que se pueden percibir sin necesidad de desplazamirento, como por ej tarjeta restaurante, vales comida, ayuda alimentaria como concepto dinerario en nómina...
No termino de entenderte. La empresa asume el gasto de las comidas y el hotel. En nominas no se pone nada? Ni la dieta que dice el convenio?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si le paga dietas, no tiene porque pagarle la comida. Está duplicando la compensación.
Si la empresa quiere, como si además le da un jamón. En todo caso deberá respetar lo que indica el convenio (como compensación de mínimos). Otra cosa es que la empresa dé la opción de pagar el importe de la comida, si el trabajador lo prefiere (por ej en la media dieta, porque acabe pasando comidas por un importe superior). Pero las dos cosas no.
Me refiero a que es una duplicidad en la compensación que a la que la empresa no está obligada a cumplir ni le veo mucho sentido, pero si decide pagarle las dos cosas, una de las dos no está exenta.
 

TMT

Miembro activo
Si paga la factura del hotel y la comida, en la nómina no se pone nada. La empresa se deducirá esos gastos en su contabilidad.
 

MEQUOL

Miembro
Pero si le paga dietas en nómina, entiendo que tendrá que justificarlas de cara a posibles inspecciones, por el tema de que ni cotizan ni tributan
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero si le paga dietas en nómina, entiendo que tendrá que justificarlas de cara a posibles inspecciones, por el tema de que ni cotizan ni tributan
En este caso el problema no es la justificación, ya que se trata de desplazamientos a otra provincia (con que fuera simplemente a otra localidad distinta a la de su centro de trabajo y lugar de residencia, bastaría), aquí el problema es la duplicidad.
Si a la empresa no le importa pagarle la comida y además las dietas, no hay problema, ya lo he dicho, como si, además, le da un jamón, pero si encima pretenden que estén exentas de tributación y cotización, no, esa duplicidad, si se evidencia, para Hacienda y para la SS, no cuela.
 
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