DIETAS NOMINA

eduard

Miembro
Hola a todos.

Tenia entendido que las dietas exentas de irpf y que se reflejan en nomina se deben de poder justificar. Ahora me encuentro con un convenio que dice literalmente. "Las cantidades no justificadas en concepto de dietas para el año 2012 son las siguientes:
                                    Desayuno .2€
                                    Almuerzo  7,47€
                                    Cena        6,85€

Esto significa que si no sobrepasan dichos limites no es necesario guardar tickets???
 

eduard

Miembro
muchas gracias Fernando.

Por la advertencia entiendo que un inspector de hacienda me puede reclamar que justifique dichas dietas pero en cambio uno de trabajo no ?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No, no es eso. En ese sentido, la Seguridad Social, a efectos de exención de las dietas, se remite a la normativa fiscal (IRPF), por lo que los requisitos y límites son los mismos (aquí la normativa fiscal y laboral coinciden).

Por tanto, tanto un inspector de trabajo como uno de hacienda te podrán pedir que justifiques esas dietas (en el sentido de que se acredite el desplazamiento real y por motivos de trabajo a localidades distintas a la del centro de trabajo y del domicilio del trabajador).

Otra cosa es que a nivel interno (en este caso por convenio, que no sé si tal vez es de empresa), y más allá de las implicaciones fiscales y de cotización, la empresa no pida justificante de gastos a los trabajadores mientras no se superen ciertos límites.
Vaya, que imagino que en este caso la empresa no te va a pedir que le justifiques el gasto incurrido en una comida mientras no superes los 7,47€ y si los superas (pero que puede ser perfectamente dentro de los limites exentos de tributacion y cotizacion) te exijan la factura del restaurante.

Más alla de eso, repito, si lo que se pretende es defender que estamos ante dietas exentas, la empresa deberá acreditar a su vez, que se ha dado ese desplazamiento y en esas condiciones.

Saludos
 
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