Dietas y opción por parte del trabajador

RGG1980

Miembro activo
Empresa que tiene todos los trabajadores indefinidos actualmente.
A veces les toca ir a distintas provincias, unas veces es prácticamente el día entero y otros incluso hacen noche.
El convenio colectivo fija todos los trabajadores que tengan que efectuar viajes en poblaciones distintas cobraran dietas y pone una cantidad de 58 dieta completa 17 media dieta.

Esta empresa hasta ahora trabajaba de la siguiente forma, el dueño que siempre viaja con ellos pagaba todos los gastos directamente y por adelantado ya fuera almuerzo, comida, cena, hoteles, ponía vehículo de la empresa. El lo pagaba todo, no iban a nomina y por tanto ni cotizaba a la SS ni a IRPF. Y después en impuestos lo metía como gastos en una 629.
Comen juntos para que todo sea mas rápido y hacer piña
Y después las horas efectivas de desplazamiento y de trabajo pues si había excesos se compensaban con descansos, o si no se podía descansar pues pagar .
Creo que hasta ahí todo correcto en derechos del trabajador, ss , irpf

Pero ahora ha llegado uno nuevo que va a su bola y primero empezó exigiendo que la dieta de 58 hay que pagarla a mayores , es decir la empresa paga la comida y además le da 58, ya le entro en la cabeza que no es asi.

Y ahora dice que la dieta es una opción, y que el prefiere en vez que el dueño se encargue de pagarle todo que el prefiere que le den los 58 y el se busca la vida para comer y con el alojamiento otro tanto pero hay me da igual pq se le pagaría lo que justificara dentro de un orden.

Como lo veis, ?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo, para empezar, y aunque parece que al final le ha entrado en la cabeza que en el importe de la dieta completa implica correr él con todos los gastos (manutención y alojamiento), le daría 58€ (de los que, además, una parte tributará, por superar el límite exento, o sea, no irán los 58 a su bolsillo) y que se busque la vida para dormir y hacer las 3 comidas. Para la empresa seguro que le sale más rentable.
Y ,la media dieta, pues lo mismo, 17€ para comer y otros gastos de manutención cuando no hay pernocta, y que se apañe. Para la empresa seguro que le sale más rentable.
Y no, no hay obligación de justificar el gasto real (al menos para asegurar la exención ante Hacienda y SS y hasta el límite establecido), es suficiente con justificar el desplazamiento. No es necesario que pida facturas a nombre de la empresa... el tiene sus 58 y 17€ y que se apañe.
Eso sí, es su elección, y que lo sea, si no para siempre, al menos por un tiempo suficiente como para que se arrepienta. Yo me llevaría al resto o si va el jefe solo, al menos de vez en cuando, a una marisquería y él... bueno, pues ya verá si les acompaña, pero pagando por su cuenta o si se va al McDonalds más cercano.

Lo de si en realidad hay derecho a la opción... no es algo que esté muy claro, al menos de forma general. Habría que ver en qué términos lo fija el convenio, aunque no suele indicarse expresamente la posibilidad de elegir (ni lo contrario). A Menudo lo fijan las políticas de gastos de las empresas y el propio sentido común. En nuestro caso el convenio fija unos importes, no hace mención a nada más, pero nuestra política de gastos de empresa (y sentido común) ya indica que la percepción de dietas es incompatible con comidas y otros gastos de manutención abonados directamente por a empresa (el alojamiento siempre es a cargo de la empresa, aunque de una interpretación literal del convenio pudiera entenderse que lo incluyen, pero está claro que con poco más de 50€ no haces las 3 comidas del día y duermes en una mínimas condiciones).
 
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