Buenos días,
Llevo 8 años en la misma empresa con un contrato temporal a 20 horas semanales trabajando en fin de semana únicamente. En la nómina tengo prorrateadas tanto las pagas extras como las vacaciones y, por contrato, me constan 30 días de vacaciones.
Mi pregunta es: aún teniendo las vacaciones prorrateadas cada mes, tengo derecho a disfrutar esos 30 días? Y se supone que como las he ido percibiendo mes a mes, si las disfrutara no cobraría absolutamente nada ese mes, verdad?
Y, en el caso de mi contrato, esos 30 días son solamente 4 fines de semana? Es decir, los días hábiles de trabajo?
Según ellos no me las pueden dar por tenerlas prorrateadas y ya van 8 años sin vacaciones...
Gracias!
Llevo 8 años en la misma empresa con un contrato temporal a 20 horas semanales trabajando en fin de semana únicamente. En la nómina tengo prorrateadas tanto las pagas extras como las vacaciones y, por contrato, me constan 30 días de vacaciones.
Mi pregunta es: aún teniendo las vacaciones prorrateadas cada mes, tengo derecho a disfrutar esos 30 días? Y se supone que como las he ido percibiendo mes a mes, si las disfrutara no cobraría absolutamente nada ese mes, verdad?
Y, en el caso de mi contrato, esos 30 días son solamente 4 fines de semana? Es decir, los días hábiles de trabajo?
Según ellos no me las pueden dar por tenerlas prorrateadas y ya van 8 años sin vacaciones...
Gracias!