DISCAPACIDAD TRABAJADOR EN TGSS

*Almudena*

Miembro
Buenos días el motivo de la consulta es el siguiente, un trabajador con contrato indefinido sin bonificar, ha remitido documento con resolución favorable sobre su incapacidad, emitida en 11/23, siendo esta del 44%. Tras consultar el IDC del trabajador hemos comprobado que esta información aún no está mecanizada en TGSS, podríais favor confirmar si es necesario hacer alguna anotación por parte de la empresa y de ser así, por favor cómo hacerlo. Por otro lado, ¿podríamos acogernos a alguna bonificación/reducción a partir de la fecha de la resolución? si fuera así cómo efectuaríamos esta anotación. Gracias, un saludo.
 

*Almudena*

Miembro
Muchas gracias, estaremos pendientes entonces de volver a obtener el IDC, por tanto entiendo que sólo debería informarlo en nuestro programa de nóminas a efectos de IRPF, porque no afectaría nada en cotización verdad?
 

toni

Miembro conocido
Puedes meterlo en el programa de nominas ya si quieres, pues solo afecta al IRPF. Teniendo la resolucion no hace falta esperar a que la TGSS se actualice.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Y, si sois empresa de más de 50 empleados, computarlo a efectos del cumplimiento de la cuota mínima del 2%.
Como ya se ha dicho, en este caso (sobrevenido), no hay bonificación, pero si computa a estos otros efectos.
Por otro lado, comunicarlo a PRL por si puede requerir una evaluación o medida especial.
Saludos
 
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