Buenas tardes, soy empleado nocturno a tiempo parcial en una empresa que gestiona servicios sociosanitarios y mi jornada laboral comprende 10 horas por turno, teniendo que trabajar una semana tres turnos y la siguiente dos de manera correlativa durante todo el año. Soy trabajador con contrato indefinido y cabe destacar que mi jornada parcial no es secundaria a una reducción de jornada, hace años, la empresa sacó a concurso mi plaza con dicho horario para cubrir las necesidades del servicio y se me fue concedida. Inicialmente me prometían trabajar diez turnos al mes y a la hora firmar el contrato, este enuncia que estoy contratado para trabajar 25,5h a la semana que se distribuyen efectivamente en una secuencia de 3 turnos una semana y 2 la siguiente. El problema surge cuando al darme de alta en la Seguridad Social lo hacen a un 63,7% de jornada lo que significa que ellos contemplaron un supuesto ideal en el que cada mes tiene cuatro semanas, es decir, 28 días, y yo estoy siendo abonado por esos 10 turnos mensuales, sin embargo como los meses no tienen 28 días sino 30 o 31 y esos días también hay que trabajarlos, hay meses en los que hago 11 y 12 turnos, turnos que no se me están abonando en el salario base, simplemente percibo de ellos el plus de nocturnidad. Haciendo una regla de tres según las horas totales que debe trabajar un empleado a tiempo completo que enuncia el Convenio Regulador y aplicándolo a mi propio porcentaje de jornada, cada año trabajo unos siete u ocho turnos de más que no se me están abonando, mi salario corresponde al 63,7% de jornada que a su vez corresponde a 25,5h semanales pero en el supuesto ideal de que cada mes tuviera 28 días, cosa que no sucede. Yo le pido a la empresa que o bien ajuste mi porcentaje de jornada a los turnos totales realizados para que se me abonen las horas de más que trabajo y no percibo o que me quite esos turnos sobrantes de los días 29,30 o 31 para que el porcentaje de jornada se corresponda con los diez turnos mensuales trabajados y perciba exclusivamente los turnos trabajados. Ellos se agarran al hecho de que mi contrato dice que tengo que trabajar 25,5h semanales y ya…parece que no comprenden lo del exceso de horas anuales. Mi pregunta es: a efectos legales ante una posible reclamación o denuncia qué tiene mayor peso o vigencia, lo que enuncia el contrato o lo que consta en la Seguridad Social que es por lo que me pagan en realidad?
Muchas gracias, sé que es una cuestión un poco compleja pero agradecería que alguien me guiara un poco en los pasos a seguir porque estoy un poco perdido.
Saludos
Muchas gracias, sé que es una cuestión un poco compleja pero agradecería que alguien me guiara un poco en los pasos a seguir porque estoy un poco perdido.
Saludos