discrepancias en el modelo 190

eduard

Miembro
Hola
he recibido una notificación de tramite de alegaciones y propuesta de liquidación del modelo 190, indicando que existe discrepancia con la retenciones declaradas y las calculadas por gestión tributaria de un trabajador del ejercicio 2007. Tras realizar la comprobación he visto que cometí un error garrafal en el calculo por lo que alegaré mi conformidad a su propuesta de liquidación.

Me imagino que resolveran solicitando la liquidación mas una sanción. Pero tengo una curiosidad: Si el trabajador tuvo que pagar en la declaración de la renta del ejercicio 2007 y ahora que la empresa liquidará el dinero pendiente de  haberle retenido. Le devolverán al trabajador dicho dinero ?

Gracias de antemano.
 

Paco~

Nuevo miembro
Si es correcto lo que dicen, deberás hacer una liquidación rectificativa del modelo 190 con los nuevos datos. Hacer también una liquidación complementaria del modelo 110 y cuando resuelvan te practicarán liquidación de intereses de demora hasta la fecha del pago y te incluirán una sanción, que en estos momentos no sabría decirte, sobre todo sin saber de cuanto hablamos.

Al trabajador harías bien con decirle que le has ingresado "de regalo" del ejercicio tal, la cantidad de aumento en la retención que sea, al objeto de que él pueda también hacer también una declaración complementaria de la presentada de ese ejercicio, pidiendo la oportuna devolución.
 

CHARO

Miembro conocido
No es necesarío que hagas ninguna rectificativa ni complementaria. Hacienda te enviará la carta de pago con las diferencias calculadas. Pero me juego lo que quieras que el trabajador no ha hecho la renta, si no, no te reclamarian las diferencias.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si el trabajador se acaba beneficiando de esas retenciones no practicadas en su momento pero ingresadas (a su cuenta) por la empresa, ésta, en principio, si puede acabar descontándoselas al trabajador (aunque si ya no sigue en la empresa, la cosa se complica, claro).

Respecto a la obligacion de ingresar las retenciones, en tiempo, forma e importe correctos, es la empresa la que responde ante Hacienda (y, obivamente, a de asumir a su cargo las sanciones que se deriven de errores imputables a al empresa en este sentido), pero nada impide que luego, la empresa acabe repercutiendo al trabajador esas retenciones que finalmente ha tenido que ingresar (pero no las sanciones, claro).

Saludos
 
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