DISFRUTE VACACIONES DIAS NATURALES

laboral consultas

Miembro activo
Hola,

En el caso que el convenio establezca los días de vacaciones en días naturales (30 días por año, 2.5 por mes) y un trabajador por ejemplo le pertenecen 2.5 por haber trabajado un mes, como disfruta este 0.5??? les dais 3 días, les dais 2, les dais 2 y unas horas??? cómo lo hacéis? qué es lo legal?

Gracias!
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Pues en nuestra empresa las vacaciones se plantean por días efectivos de trabajo, y las calculamos por horas para ajustar la jornada de convenio, porque tenemos jornada irregular y aún es más follón.. Si quedan picos u horas pendientes cada uno se lo coge a conveniencia... En el caso de los clientes ni idea, me dicen que les calcule, yo les digo X,XX con decimales y todo, y luego ellos hacen lo que les parece. Pero una cosa... más de uno redondea para abajo (que roñas)... Pero no es todos los meses tal y cómo lo planteas tu, sólo me preguntan cuando no llevan todo el año trabajando y no se apañan con los cálculos... Y luego los que van a tiempo parcial aún es más complicado ese 0.5 día... De todas maneras, cuando se entra en este terreno y me preguntan yo tiro de jornada anual del convenio y calendario y a contar, y sobre todo cuando me preguntan porque parece existir algún roce entre empresa y trabajador.
 

laboral consultas

Miembro activo
Gracias SHGOROEL, porque hacerlo directamente en plan disfruta de 2 días y medio día, es viable? o redondearlo directamente a 2 días?
 

s3r61c

Miembro activo
Si ha trabajado un mes y ha finalizado su contrato sin disfrutar esos días, se pagan en el finiquito como vacaciones no disfrutadas. No veo donde puede estar el problema. Si el trabajador disfruta de 2 días y finaliza se pagan 0,5 en el finiquito, si el trabajador disfruta de 3 dias de vacaciones y le pertenecen 2,5, se le descuenta del finiquito.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero no le veo problema en que disfrute por ej, medio día de vacaciones.
Pero, efectivamente, si quedan sin disfrutar, se liquidan y el importe puede ser el que corresponda a la parte proporcional de día.
Eso sí, la cotización ha de ser por días enteros.
Saludos.
 

laboral consultas

Miembro activo
Bueno mi duda era en el momento de disfrutarlos si es más habitual redondear para arriba (2.5 le corresponden 3) o para abajo (2.5 le corresponden 2) o directamente 2 días y medio día
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Bueno mi duda era en el momento de disfrutarlos si es más habitual redondear para arriba (2.5 le corresponden 3) o para abajo (2.5 le corresponden 2) o directamente 2 días y medio día
Bueno, es que en mi empresa (pero sé que no es lo habitual) somos muy aritméticos (cuadre jornada a anual en horas...), aunque eso facilita mucho las cosas (Laboral no es una ciencia exacta pero la aritmética sí) y tanto el devengo como el disfrute de las vacaciones lo fijamos hasta en centésimas de hora.
Obviamente, el disfrute está pensado para días completos, pero no es nada raro el que, puntualmente alguien disfrute de horas sueltas de vacaciones (por ej. para trámites o situaciones personales o familiares para las que no existe permiso retribuido) y, por supuesto, por esa fracción de día (esas horas, incluso minutos) que puede quedar pendiente una vez disfrutados o planificados los días enteros de vacaciones.
También hay quien completa el día con alguna hora que puede tener de descanso por compensación de horas extras...

Pero eso ya cada empresa sabrá (lo que quiere hacer y la gente acepta).

Saludos.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Eso es, sobre todo hay que tener en cuenta que hay que tener 30 días naturales de vacaciones, por eso que los picos de días no completos es algo que queda residual, no de forma continua todos los meses. Yo en el caso que plantea laboral consultas, si lo que quiere es tener todos los meses vacaciones, sería un mes 2 días y otro mes 3 días.
 
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