disolución y liquidación de sociedad - consecuencia en IRPF

MACALENA

Miembro activo
Hola,

Tengo que hacerle este año la renta a un cliente que tenía unas participaciones de una sociedad (una SL) que entró hace un tiempo en concurso voluntario. En 2021 el juez declaró la disolución de la sociedad, y abrió la fase de liquidación.

Evidentemente procederá imputar como pérdidas en la renta de mi cliente las cantidades que el aportó en su momento a la sociedad, pero la duda que os planteo es ¿cuándo?

A mí modo de ver debería ser una vez que la sociedad esté liquidada por mucho que parezca claro desde ya que no va a recibir ni un euro. El tema es que a mi cliente le han dicho que al haber sido disuelta la sociedad debe imputar esas perdidas al IRPF en 2021.

¿Compartís este criterio? ¿En caso contrario podéis decirme en que norma/resolución/... basarme para acreditar ante mi cliente que lo que le han dicho no es correcto?

Gracias por anticipado y saludos
 

Bruma

Miembro activo
Buenas tardes.
Soy nueva por aquí.
Aprovecho este hilo para preguntar en qué apartado o casilla debería poner esta pérdida. Es que, como variación patrimonial a base del ahorro solo veo por transmisión..., y la situación planteada por Macalena no es por transmisión ¿Sabría alguien decirme?
Muchas gracias y un saludo
 
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