DOS CUESTIONES:

karmela

Nuevo miembro
1.- Tengo (no yo, sino en la oficina) una SLU, con un único administrador (lógico). Quiere dar de alta a su mujer como administrativa, ¿Régimen General asimilado?


2.- No tiene nada que ver con la anterior. Me ha llegado una chica con una Sentencia en la que se le reconoce la indemnización de 20 dias de salario por despido objetivo, que no cobró en una empresa que está en concurso de acreedores. Los salarios "pendientes ya los solicitó y los tiene cobrados. Pero ahora bien, estoy pensando ¿ le puedo solicitar el 40% de la indemnización, o Tengo que aportar algo más? lo pregunto porque como es Sentencia, y lo reconoce un Juez (lógico también), me da igual si el Administrador Concursar certifica la deuda o no. En fín, ¿como lo veis? Necesita algon más. Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.-La mujer será autónoma si el marido tiene las acciones.

2.- Si la empresa tiene menos de 25 trabajadores, sí puede.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Aunque hay una trampilla; que varíen, mediante pacto, la jornada durante el periodo en que es quieran hacer horas.
 

karmela

Nuevo miembro
perdona? no entiendo la segunda respuesta Fernando. Muchisimas gracias. Ah! Si el marido tiene todas las acciones
 

FERNANDO

Miembro conocido
Si la empresa tiene menos de 25 trabajadores, el 40% de la indemnización (con los límites que establece la ley) lo paga el FOGASA.
 
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