DUDA 190

egr2014

Nuevo miembro
Buenos días,

Revisando los 190 para presentarlos me ha surgido una duda. Tengo varios autónomos de SL que les realizo nómina pero que no incluyo la cuota de autónomos puesto que no la pagan por la sociedad sino en la cuanta bancaria particular de cada uno.

¿En el modelo 190 les tengo que incluir las cuotas como gasto deducible? ¿O que sean ellos quienes en su declaración de la renta lo comuniquen? ¿Tengo obligación de informarlo en el 190 ?

Muchas gracias de antemano.
 

Ro

Miembro activo
No tienes la obligación ni debes incluirlo en el 190, pues nada tiene que ver con los ingresos que percibe por la empresa. La cuota de autónomos ya les figurará en sus datos fiscales pues la TGSS vuelca los datos.
 

lubo

Miembro
Muy buenas!

Yo a día de hoy lo he incluido siempre, para evitar un requerimiento por parte de la AEAT en relación a la retención practicada en la nómina del autónomo.

Ro, es cierto que en el borrador aparece ¿pero consideras que no hay riesgo de requerimiento por parte de la AEAT al volcar los datos?

Saludos
 

FIRMAMENTO

Miembro activo
Yo lo que hago es:
1- si lo meto en nómina como rendimiento en especie si lo pongo como gasto en el 190 .
2- para los que no se paga como rendimiento en especie, no pongo el gasto en el 190.
No sé si es del todo correcto pero hasta la fecha, no he tenido problema alguno.
 

AREA VA

Miembro
buenos días,
Firmamento, no has tenido ningún problema hasta el momento, pero la retención la has calculado teniendo en cuenta el autónomo o sin tenerlo en cuenta?
Gracias.
 
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