Duda con el recargo del contrato de corta duracion Art. 151

Argi

Miembro conocido
Hola,
En el caso de que este tipo de contrato se extienda en dos meses, ¿la penalizacion de los 30 euros es en los dos meses?
En mi programa de nóminas (A3NOM) hay que activar una casilla e imagino que irá información en los fichero de bases al respecto de los dos meses que generes nómina.
Si fuera un porcentaje de recargo sobre la cotizacion no habría pega, pero al ser una cantidad fija, ¿sabéis si TGSS controla eso y pasa el recargo solo un mes?
Saludos
 

LABOR

Miembro activo
Hola,
En el caso de que este tipo de contrato se extienda en dos meses, ¿la penalizacion de los 30 euros es en los dos meses?
En mi programa de nóminas (A3NOM) hay que activar una casilla e imagino que irá información en los fichero de bases al respecto de los dos meses que generes nómina.
Si fuera un porcentaje de recargo sobre la cotizacion no habría pega, pero al ser una cantidad fija, ¿sabéis si TGSS controla eso y pasa el recargo solo un mes?
Saludos
Yo tb tengo A3: si miras algún enlace explicativo de este tema verás que señalan que A3 aplica el recargo el mes del día de la baja..... eso vi yo...
 

reb

Miembro conocido
Esto es un cachondeo, el recargo no era aplicable solo en los contratos 402 de menos de 30 días? tengo una empresa con todos Fijos Discontinuos que se dedica a la seguridad de entradas en los estadios de futbol y solo trabajan dos sábados al mes ( que es cuando el equipo juega en casa) y me piden recargo de 27 euros! estamos locos? no veis ilógico eso, si son FIJOS!!
 

Caslaboral

Miembro conocido
Que yo sepa TGSS hace el calculo automatico de las penalizaciones. No se envia nada en el fichero de bases que les indique eso. Lo de vuestro programa de nominas entiendo que es para que os salga bien en el resumen de la propia nomina.
 
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