CONTRATO INDEFINIDO PARA DESEMPLEADOS DE LARGA DURACIÓN
"No se considerarán incumplidas la obligaciones de mantenimiento del empleo anteriores cuando el contrato de trabajo se extinga por causas objetivas o por despido disciplinario cuando uno u otro sea declarado o reconocido como procedente, ni las extinciones causadas por dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de los trabajadores o por la expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato o por resolución durante el período de prueba"
En estos casos no me queda claro cómo proceder... Es decir, si la empresa tiene que despedirlo por causas disciplinarias, entiendo que para no devolver los incentivos tendría que contratar a continuación de su despido a otro trabajador. Es decir, si se despide por causas disciplinarias (despido reconocido como procedente) al que tiene el contrato bonificado, habría que contratar a uno con sus mismas características. Es así?
"No se considerarán incumplidas la obligaciones de mantenimiento del empleo anteriores cuando el contrato de trabajo se extinga por causas objetivas o por despido disciplinario cuando uno u otro sea declarado o reconocido como procedente, ni las extinciones causadas por dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de los trabajadores o por la expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato o por resolución durante el período de prueba"
En estos casos no me queda claro cómo proceder... Es decir, si la empresa tiene que despedirlo por causas disciplinarias, entiendo que para no devolver los incentivos tendría que contratar a continuación de su despido a otro trabajador. Es decir, si se despide por causas disciplinarias (despido reconocido como procedente) al que tiene el contrato bonificado, habría que contratar a uno con sus mismas características. Es así?