Duda contrato "interinidad"

Sofía20

Miembro
Buenas,

Se que con la reforma se ha derogado al existencia de los contratos por interinidad, aunque se le siga llamando así. Tengo un caso de una azafata de un barco, la cual ya había trabajado en la empresa. En la empresa los llaman 50 días o así, y luego descansan. Mi duda surge cuando me dice que está con un contrato de interinidad, según me dijo el contrato se lo hicieron en abril. En dicho contrato sale el nombre de la persona que sustituye y la razón.

Desde la empresa le han dicho que está fija, pero claro, yo lo que entiendo es que una vez finalice el motivo por el cual está contratada finalizará la relación laboral. Y esa es otra cosa, entiendo que en caso de que quieran que siga en la empresa, deberían hacerle un nuevo contrato y no se le guardará ninguna antigüedad.

Muchas gracias por adelantado
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Buenas,

Se que con la reforma se ha derogado al existencia de los contratos por interinidad, aunque se le siga llamando así. Tengo un caso de una azafata de un barco, la cual ya había trabajado en la empresa. En la empresa los llaman 50 días o así, y luego descansan. Mi duda surge cuando me dice que está con un contrato de interinidad, según me dijo el contrato se lo hicieron en abril. En dicho contrato sale el nombre de la persona que sustituye y la razón.

Desde la empresa le han dicho que está fija, pero claro, yo lo que entiendo es que una vez finalice el motivo por el cual está contratada finalizará la relación laboral. Y esa es otra cosa, entiendo que en caso de que quieran que siga en la empresa, deberían hacerle un nuevo contrato y no se le guardará ninguna antigüedad.

Muchas gracias por adelantado
¿Se han derogado los contratos de interinidad?
Bueno, en realidad, y con régimen muy similar, se mantienen pero justo lo que ha cambiado es su denominación, ahora son "Contratos de Sustitución"
Las causas, duración etc, son las mismas o muy similares (hay alguna novedad, como por ej que la sustitución pueda empezar hasta 15 días antes para poderse solapar con la persona sustituída...).
Imagino que el tipo de contrato en el que vosotros estáis pensando hacerle es el fijo discontínuo (que no es mi fuerte) y te refieres al contrato que tiene actualmente en otra empresa. ¿por qué le han dicho que está fija? ¿está con contrato de sustitución o no? ¿cuál es la causa de sustitución? ¿según cual sea eso determinará su duración (reincorporación o fin de reserva de puesto de trabajo de la persona sustituida, el transcurso de 3 meses si es por sustitución durante el proceso de selección...
¿Si quieren que siga en la empresa, o bien la contratan de forma indefinida tras finalizar el contrato actualmente vigente (o en cualquier momento) o bien, si hay causa adecuada, mediante nuevo contrato de duración determinada. ¿Mantener la antiüedad? es un tema muy casuístico, pero si no hay solución de continuidad o la interrupción es muy breve, en principio si (otra cosa es que la empresa lo reconozca expresamente).

Saludos
 
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