DUDA CONVENIO COLECTIVO CONSTRUCCION O LIMPIEZA

SOFIA

Nuevo miembro
Buenos días, se trata de una persona que se ha dado de alta en Hacienda para trabajar en el mantenimiento y limpieza de una comunidad de propietarios.

El autónomo se encargará del mantenimiento y jardinería, y su empleada de la limpieza de zonas comunes.

En Hacienda se le ha dado de alta como "pequeños trabajos de construcción" y el CCC tiene el CNAE 4121.

Al alta de la trabajadora le he puesto la ocupación "g" y ahora tengo la duda del convenio que se le debe aplicar ...¿construcción o limpieza de edificios?
 

silcon

Nuevo miembro
entiendo que, salvo mejor opinión, si la empresa es de construcción se le tiene que aplicar el convenio de construcción, y a la trabajadora encuadrarla en la categoría de personal de limpieza de dicho convenio.

 

Mr. White

Miembro activo
Lo que determina el Convenio aplicable es la actividad real preponderante - no el objeto social ni lo que se diga en un papel-, a cuyo efecto habrá de valorarse, principalmente, la actividad organizativa, productiva y económica de la empresa/autónomo...

Como solo hay un empleado y un autónomo, es complicado saber cuál es la preponderante...si fueran 100 limpiadores/as y tres trabajadores de mantenimiento, estaría claro que el Convenio aplicable es el de limpieza...

La jurisprudencia también permite que en una misma empresa sean de aplicación distintos convenios colectivos, aunque se condiciona a que la empresa posea varias actividades independientes en su funcionamiento, y en esta caso no se da...


 
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