Duda de alta seg. social de una SL

rjgtijola

Miembro
Buenas, se gestiona  a través del TA7??
... y si es así, no se solicita hasta que tenga que dar de alta trabajadores? Es decir la seg. social no tiene conocimiento de la existencia de la SL mientras no se de de alta ningún trabajador??

Gracias.
 

Ro

Miembro activo
El alta de C.C.C. inicial se gestiona a través de TA.6, aunque actualmente ya no se utiliza el papel, hay que hacerlo onlin por la página de la Seguridad Social alta C.C.C .
En el momento que una S.L. tenga un administrador/a que realice actividad en al empresa, aunque no tenga trabajadores, deberás cursar el alta de autónomos, etc.. y ya informas los datos de la empresa en la que cursará el alta de autónomos, o alta en C.C.C asimilado...
 

rjgtijola

Miembro
Y si ya estaba dado de alta como autónomo porque tiene una sl previa constituída? No tengo que darlo de alta como autónomo, entonces cómo  "comunico" la nueva sl?
 

Ro

Miembro activo
Cubre el TA.0521 Hoja adicional con todas las actividades que tiene, por las que figura de alta. Adjunta 036 de alta en aeat de la S.L. y escrituras. Preséntalo todo en la Administración. Acompaña también  la hoja interior de las altas de autónomos para socios y pones los datos de la s.l. nueva.
 

Ro

Miembro activo
Has solicitado Código cuenta de cotización on line? Entonces es que has contratado trabajadores.
TA.6 ya no existe, el papel dejó de existir para aperturar código cuenta.
 

rjgtijola

Miembro
No. Al no tener el certificado de él para que me autorice pasé lo que comentamos el ta521 pq ya estaba de administrador de otra sl.

Pero me han pedido al ta6, y el fr10 tb para que me autorice.

Supongo que con el papel lo que hace es mecanizarlo él. Lo que no entiendo es que mecanice el ta6; ya que pensaba que se utilizaba para cuando se dieran de alta trabajadores que no es el caso.
 

Ro

Miembro activo
Yo creo que el malentendido viene por el título de este post. Dar de alta en la seguridad social una sl. No tienes que dar de alta ninguna sl en la seguridad  social mientras no contrate. Lo único que tienes que hacer es informar que el autónomo -administrador va a ejercer su actividad en la sl. Nada más, olvida lo del alta de la sl mientras no contrate.
 
Arriba