La empresa quiere contratar a un trabajador a tiempo parcial (62,5% de parcialidad) y el convenio indica en la jornada lo siguiente: " Por la peculiaridad de esta actividad artesana, sujeta a una producción discontinua, las empresas podrán establecer jornadas de trabajo flexible de cómputo anual, distribuidas por cada empresa con arreglo a las necesidades del servicio. Compensándose de este modo, las épocas de menos trabajo con las de mayor trabajo siempre que el horario establecido no exceda de las 1.788 horas anuales de trabajo efectivo fijadas, respetando lo establecido en el Estatuto de los trabajadores."
Duda: ¿Puede la empresa distribuir el 10% de la jornada anual (1788*0.625= 1117,5 * 10%= 111,75 h), es decir 117 horas de forma irregular en periodos en lo que se realicen por ejemplo 7 horas al dia y compensar con dias de descanso por ejemplo?
¿Esto hay que registrarlo en el contrato de trabajo? ¿Cual seria la forma mas correcta para no incurrir en modificacion sustancial de las condiciones de trabajo?
¿La empresa puede obligar al trabajador a esta distribucion irregular?
Gracias por la ayuda.
Duda: ¿Puede la empresa distribuir el 10% de la jornada anual (1788*0.625= 1117,5 * 10%= 111,75 h), es decir 117 horas de forma irregular en periodos en lo que se realicen por ejemplo 7 horas al dia y compensar con dias de descanso por ejemplo?
¿Esto hay que registrarlo en el contrato de trabajo? ¿Cual seria la forma mas correcta para no incurrir en modificacion sustancial de las condiciones de trabajo?
¿La empresa puede obligar al trabajador a esta distribucion irregular?
Gracias por la ayuda.