Muy buenas
Un trabajador solicita una excedencia forzosa a su empresa para trabajar como agente interina de policia local en un municipio
Al mirar el artículo 46 del ET no me queda claro si esta excedencia debe ser forzosa como pide el trabajador (no tiene duración mínima y computa el periodo en excedencia como antigüedad) o excedencia voluntaria (no hay antigüedad y la duración mínima es de 4 meses)
Según el artículo 46.1 ET la excedencia forzosa "se concederá por la designación o elección para un cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo."
Prestar servicios como policía, ¿se considera cargo público?
Gracias
Un trabajador solicita una excedencia forzosa a su empresa para trabajar como agente interina de policia local en un municipio
Al mirar el artículo 46 del ET no me queda claro si esta excedencia debe ser forzosa como pide el trabajador (no tiene duración mínima y computa el periodo en excedencia como antigüedad) o excedencia voluntaria (no hay antigüedad y la duración mínima es de 4 meses)
Según el artículo 46.1 ET la excedencia forzosa "se concederá por la designación o elección para un cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo."
Prestar servicios como policía, ¿se considera cargo público?
Gracias