Duda sobre condiciones trabajo remoto

Lana_Tescor

Nuevo miembro
¡Hola! Mi consulta está relacionada con el trabajo remoto para una empresa extranjera. Una empresa con sede en Canadá y filial en Italia me ha propuesto un trabajo remoto. Entre las propuestas, me han informado de lo siguiente:
Vacaciones pagadas - dos semanas
Días de baja - 8
Festivos - 4

No es que sepa de leyes, pero me parecen las condiciones que le darían a un norteamericano. Un conocido que trabaja en remoto para una empresa estadounidense me ha dicho que no es legal, porque yo resido en España y tributo aquí, por lo que también el tema de las vacaciones, baja, etc. ha de ser de acuerdo con lo que rige en España.

¿Me podrías ayudar? ¿Es tal y como dice mi co
nocido? No encuentro información sobre esto en concreto y no sé si hay alguna ley o decreto sobre el que me pueda apoyar.

Gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, en principio la legislación a la que debe remitirse es la que se diga en el contrato. Si nada se dice, pues se aplicaría la del país de residencia. Pero aún y remitirse la ley de aplicación a la del contrato, se deben de respetar leyes imperativas del país de residencia, con lo que las dos semanas de vacaciones y los 4 festivos del año, como que no. Los mínimos de las leyes españolas (incluidos convenios) se deben de respetar.

Ponte en manos de un graduado social o abogado que mire el contrato firmado y te diga el qué.
 

cadinanos

Nuevo miembro
Hola, ¿Has comprobado que el contrato que te ofrecen es un contrato laboral y no mercantil? Puedes parecer algo obvio, pero sería lo primero que miraría.
 

Lana_Tescor

Nuevo miembro
Hola, gracias por contestar. Aún no tengo contrato, por ahora me han enviado solo la propuesta (sueldo, horario, vacaciones, etc.). Que yo sepa, es una contrato de servicios.
 

elchuske

Miembro conocido
Pues mira esto que planteas solo son elucumbraciones. Cuando tengas el contrato, entonces ya sabras a ciencia cierta que es lo que te proponen y como sera rarito seguro, buscate un asesor al que podras hacer todas las preguntas que quieras, pero con papeles en la mano. Todo lo demas son conjeturas.
 

fundación

Miembro conocido
Prestar servicios remotos para una empresa extranjera sin sede/sucursal aquí.... = autónoma.
 

Lana_Tescor

Nuevo miembro
Gracias por las respuestas. Yo hablé de propuestas, no de contrato, propuestas a las que me han pedido decir sí o no. Con las respuestas recibidas en este foro ya sé que tengo que andarme con mucho ojo porque yo, en mi desconocimiento, pensaba que todo estaba correcto.
Saludos.
 
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