Lana_Tescor
Nuevo miembro
¡Hola! Mi consulta está relacionada con el trabajo remoto para una empresa extranjera. Una empresa con sede en Canadá y filial en Italia me ha propuesto un trabajo remoto. Entre las propuestas, me han informado de lo siguiente:
Vacaciones pagadas - dos semanas
Días de baja - 8
Festivos - 4
No es que sepa de leyes, pero me parecen las condiciones que le darían a un norteamericano. Un conocido que trabaja en remoto para una empresa estadounidense me ha dicho que no es legal, porque yo resido en España y tributo aquí, por lo que también el tema de las vacaciones, baja, etc. ha de ser de acuerdo con lo que rige en España.
¿Me podrías ayudar? ¿Es tal y como dice mi co
nocido? No encuentro información sobre esto en concreto y no sé si hay alguna ley o decreto sobre el que me pueda apoyar.
Gracias.
Vacaciones pagadas - dos semanas
Días de baja - 8
Festivos - 4
No es que sepa de leyes, pero me parecen las condiciones que le darían a un norteamericano. Un conocido que trabaja en remoto para una empresa estadounidense me ha dicho que no es legal, porque yo resido en España y tributo aquí, por lo que también el tema de las vacaciones, baja, etc. ha de ser de acuerdo con lo que rige en España.
¿Me podrías ayudar? ¿Es tal y como dice mi co
nocido? No encuentro información sobre esto en concreto y no sé si hay alguna ley o decreto sobre el que me pueda apoyar.
Gracias.