DUDAS CON CASSIA

CARLY

Miembro activo
Buenas, tengo una duda grande, primero expongo el caso, un autonomo que se dio de baja hace 2,5 años es decir en 2022, y anteriormente sobre el año 2015, habia disfrutado de tarifa plana. Ahora planteo la duda en casia, de si tiene que esperar a pasar 3 años, para volver a tener derecho a la tarifa plana, o son 2.

En anterior consulta sobre otra autónoma, me dijeron que como la tarifa plana que se disfruto, era anterior a la nueva ley que entro en vigor el 1 de enero de 2023, pues que esa no contaba , y por lo tanto valía con 2 años, no hacía falta esperar 3 años, ya que la ley se refiere a la tarifa plana de esta ley, no anteriores. Ahora ante la mismísima consulta, que la hacia por asegurarme, me dicen lo contrario, y es que hay que esperar 3 años, cosa que me sorprende.
Decir que la autónomo de la anterior consulta, la di de alta, y esta disfrutando la tarifa plana sin problemas.

Puedo contestar a un casia, o tengo que abrir uno nuevo?
 

toni

Miembro conocido
No haber sido autónomo en los 2 años anteriores al alta o no haber disfrutado de la tarifa plana en los 3 últimos años...
 

CARLY

Miembro activo
Si, si así, lo entendía yo, hasta que pregunte, un caso exacto, donde la autónoma se había dado de baja en 2021 disfrutando de la tarifa plana previamente, la di de alta en 2023, habiendo pasado 2 años y muy poco, registrando tarifa plana, porque la propia seguridad social, por casia, me dijo que era suficiente con dos años, ya que aunque había disfrutado anteriormente la tarifa plana, era la anterior a la recogida en la ley que entro en vigor en 2023, por lo que no se tenía en cuenta, por lo que era suficiente con dos años ( a mi también me sorprendió), el caso es que se dio de alta, y desde entonces disfruta de la tarifa plana sin problemas.
 

CARLY

Miembro activo
Esta fue la contestación concreta al casia:
Pregunta:
La trabajadora doña xxxxxxxxxxxxxxxx, en Enero o Febrero de 2024, tiene previsto volver a ser autónomo, y dudamos de si tiene derecho a algún tipo de bonificación, tanto por tarifa plana (entiendo que no, porque aunque en Febrero habrían pasado dos años desde su alta, al haberla disfrutado anteriormente, deben de pasar 3 años verdad?

Respuesta:
Buenos días, el período de baja como trabajador autónomo se exige en el caso de reemprender una actividad por cuenta propia que ha sido objeto del beneficio en la cotización conocido como “tarifa plana” en su anterior período de alta será de tres años, salvo que la anterior “tarifa plana” fuera reconocida antes del 1/1/2023, en cuyo caso, al tratarse de beneficios diferentes, el período mínimo entre la baja en RETA y la nueva alta será de 2 años.


Posteriormente y como me sorprendió dicha respuesta, volvi a preguntar de forma similar, con exacta respuesta
 
Arriba