DUDAS DESCUELGUE SALARIAL

PEDRO

Miembro conocido
Necesitaba que me ayudaseis dado que me surgen unas dudas en cuanto a la aplicación práctica del descuelgue salarial.
El caso es una empresa con tres trabajadores, como todas los clientes han descendido y por ende acaba de cerrar con pérdidas por lo que están barajando la posibilidad de acudir a la figura del descuelgue salarial. Estas son mis dudas:

1. En el acuerdo que suscriba ¿pueden acordar una rebaja de los salarios estipulados por el convenio pero siempre respetando el salario mínimo interprofesional? pretenden reducir coste salarial bajándose el sueldo y compensando con mas jornadas de descanso, entre las medidas.
2. El citado convenio es muy antiguo, pues se firmo en 1997, por lo que no recoge la figura del descuelgue salarial en su texto. Aunque no lo recoja, supongo que se puede aplicar igualmente.
3. Como decía es un convenio de 1997 que su texto no se ha modificado para nada, unicamente tiene una cláusula de revisión automática del salario que dice que se incrementará este todos los meses de enero con el ipc del año anterior. Entiendo que en caso de descuelgue, su duración sería hasta la revalorización automática de sus salarios en el mes de enero del año siguiente.
4. Y finalmente, el acuerdo entre las partes simplemente hay que registrarlo ante la Autoridad Laboral y remitir una copia a la comisión paritaria, y con eso se cerraría el trámite.

Un saludo y gracias a aquellos que me puedan ayudar.
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- Sí, claro, por eso es un descuelgue.

2.- Sí, pues el mismo está contemplado en ley

3.- No, la ley habla de nuevo convenio, no de nuevas tablas.

4.- Así es.
 

Mr. White

Miembro activo
Revisa bien si ese Convenio está vigente y si es el aplicable (puede que haya otro sectorial provincial, estatal,...).

Que desde el año 97 no se haya tocado una coma es raro de cojones.

¿Se publican las tablas cada año en algún Boletín?
 

PEDRO

Miembro conocido
Si, como te digo es el de oficinas y despacho de Asturias, vigente desde el 97 y se publican las tablas salariales actualizadas año, pero lo que es convenio en si no han tocado el texto para nada.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Habría que ver si la empresa debe estar, realmente, encuadrada en dicho convenio. Si es así, los convenios de oficinas sulene ser autonómicos.
 

PEDRO

Miembro conocido
Entiendo que si, pues la empresa tiene como actividad el asesoramiento fiscal laboral y contable y el convenio es provincial.
 

Mr. White

Miembro activo
Todo aclarado, Pedro.

Me chirriaba lo del 97, pero siendo como comentas, la respuesta de Fernando te sirve perfectamente como hoja de ruta (solo añadiría que aparte de la Autoridad Laboral debes comunicar el acuerdo que alcancéis a la Comisión Paritaria del Convenio del que te descuelgas).

Y recuerda que aparte de sus tablas, puedes descolgarte de lo que se establezca sobre jornada, horario,...
 

PEDRO

Miembro conocido
Gracias por vuestra ayuda. La idea es rebajar el salaeio y al igual que los funcionarios compensar la rebaja salarial cob dias de descanso, vamos, moscosos a cambio de la rebaja. Aparte negociar en funcion de que la empresa vaya mejorando ir abonado primas hasta alcanzar los salarios dejados de pericibir y volver la normalidad una vez pasado el bache.
Gracias nuevamente.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Uy, uy, uy, uy. Me temo que la empresa no está bien encuadrada. Debería ir a planificación contrable pues, de acuerdo a la reglamentación de oficianas y despachos, a la cual se remite desde el convenio, el mismo, es un cajón de sastre. Pero, claro, ahora planificación contable es un convneio que ha decaído, por lo que aplicarías oficinas hasta que, el convenio de marras, entre en vigor por acuerdo entre las partes.
 
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