dudita

N

Nana

Guest
Hola compañeros

una dudita que sé, seguro que ya se ha comentado pero estoy en fase negacional y no veo nada

Empresa con 20 empleados en ERTE suspensión total (sector enseñanza no reglada)

El 04/05 se incorpora un empleado, por lo que entiendo lo siguiente:

- de ese empleado incorporado, tienen exoneracion al 100% hasta el 03/05
- del resto de la plantilla, se continua la exoneración al 100%

y ya la empresa irá rescatando cuando pueda

¿esto es así? ¿o por haber rescatado a un empleado ya pasa a ERTE parcial y por ello se aplican otros porcentajes de exoneracion?

De verdad, creo estar segura de las cosas y de repente se me hace fundido a negro y ya solo sé que no sé nada

Mil gracias
 

Rapaz

Nuevo miembro
Lo que yo entiendo: Pasas a ERTE parcial. A la TGSS mediante la "declaración jurada" tendrás que elegir parcial, pues si un trabajador se puede reincorporar significa que la empresa puede trabajar legalmente, ya que solo si legalmente está prohibido que la empresa abra podrás seguir con todos suspendidos y la exoneración al 100%. Así que todos los que están suspendidos pasarían a la exoneración del 60% a partir del 13 de mayo.

A falta de mejor opinión (como se suele decir por aquí).
 
N

Nana

Guest
Pues vaya tela, porque el incorporado es el de la limpieza que va a desinfectar todo para que a finales de mes se pudieran ir incorporando los otros

Buenos panes estamos haciendo con estas tortas  :-X

Y claro, la culpa de la gestoría por no saber lo que va a publicar el BOE  8)

Gracias
 

Rapaz

Nuevo miembro
La verdad es que es un caso curioso, ¿el sector de enseñanza no reglada puede reincorporarse YA al trabajo aunque sea con limitaciones? Porque si es así creo que pasas a ERTE parcial igualmente, aunque no reincorpores del ERTE a nadie. Pero vamos, todo con muchas dudas.
 

Black Mamba

Miembro
Es la propia empresa la que ha de valorar si puede o no abrir. La medida ha de ser acorde a las circunstancias de la misma y ha de estar justificado. La empresa que sigue en FM, ha de firmar una declaración responsable. Pensad que después va a haber inspecciones a posteriori y tiene que estar todo muy justificado.
 

LABOR

Miembro activo
yo aun veo muchas dudas.
Según comentáis, se está por un lado aplicando el RDL 18 2020 con efectos retroactivos para que el trabajador quede fuera de las exenciones desde el momento que salió del ERTE -04-05- y por otro se argumenta que esa medida- anterior al RD- va a afectar al contenido de este cuyos efectos son posteriores.....
Y por que no el trabajador rescatado exonera el 100 % hasta el 04-05 y el resto mantienen la exención original hasta que, ya pasada la entrada en vigor del RDL -13-03- se produzca alguna nueva variación, que si, entiendo afectaría a todos? 
 
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