duracion contrato por obra o servicios

josema2007

Nuevo miembro
hola buenas tardes, quisiera preguntarles una cuestion segun el convenio colectivo nuestro los contratos por obra o servicios se regiran por el art. 15.1.a del ET, el cual con la ultima modificacion de la nueva ley de reforma laboral creo que dice que el maximo son tres años ampliable doce meses mas por convenio, nuestro convenio actualmente esta caducado su validez era hasta el 2009, creo que a primeros de mayo 2011 sacaran un nuevo convenio para cinco años, para un contrato por obra firmado en 09/2009 cual es el maximo aplicable, dos o tres años, el anterior ET creo que eran dos años, haber si me pueden ayudar porque no se si hay que aplicar la nueva ley o lo que dijera la antigua ya que el contrato esta firmado en el 2009. gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No, el límite anterior no era de dos años, de hecho no habia un limite fijo, el limite era lo que durara la obra o servicio.
Por tanto, en tu caso, al ser de inicio del 2009, por tanto, anterior a la última reforma, ésta no le es de aplicación. Tu contrato durará lo que dure la obra o servicio o, en su caso, las actividades concretas para las que, dentro de esa obra o servicio, has sido contratado.

Un saludo
 

josema2007

Nuevo miembro
gracias por tu respuesta, pero si se termina la obra bueno no es exactamente una obra de construccion, es un contrato por obra o servicio y es mas concretamente un servicio ya que es una consultora de ingenieria, pero el servicio de ingenieria ha terminado se le puede pasar a otro servicio de ingenieria y en este caso cual es el tiempo maximo del contrato por obra o servicio, incluyendo el primer contrato.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si se trata de otra obra o servicio requerirá de un nuevo contrato, que en este caso si le será de aplicación  el limite máximo de los 3 años introducida por la reforma del año pasado.

Pero, a su vez, también le es de aplicación el limite de 24 meses previsto para la sucesion de contratos temporales. Y, por los datos que das, éste imagino que en tu caso será el límite que finalmente entrará en juego (salvo que la obra o servicio finalice antes, claro).

Saludos
 
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