el sepe me rechaza el fichero del ERE por ponerle numero 00000/2020

NOEMI

Miembro conocido
me han denegado todos los registros del fichero de prestaciones colectivas por desempleo,
 

NOEMI

Miembro conocido
mc, la plantilla yo lo que he hecho es una autorización que me estoy guardando pero no la mando a ningún sitio
 

Argi

Miembro conocido
Lo has hecho mandando el modelo de excel oficial?
No creo que sea por el número de erte
 

Mc

Miembro activo
Solo mandais la plantilla de sepe a traves de registro , es eso no?  EL resto para cuando lo aprueben .
 

fundación

Miembro conocido
Mc dijo:
No entiendo absolutamente nada ,  .....

Sin tener aprobado el ERTE , hay que enviara la Plantilla ERTE COVID-19. a traves de registro al SEPE  , pero no la decision empresarial ni la relacion nominal  ni los certifica2 ???  ni las variaciones tgss claro ... Es eso  ...?

  y que es eso de acreditar la representación de las personas trabajadoras ....

  Esto es un desastre  !!!

Así lo voy a hacer. Mientras tanto, estoy enviando mails a tjdores. recabando su permiso, al menos que vayan enviando el mismo. Entiendo que es un trámite que no se va a exigir en el futuro, salvo en casos de conflicto.
 

Mc

Miembro activo
Pero la autorizacion de los trabajadores , no vale con lo que se envio con la solicitud del ERTE ??  Hay que hacer lo mismo 20 veces o que  ....
 

InmaRase

Miembro activo
La Platilla de Excel se presenta aquí?

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Registro Electronico?

Pero es un coñazo, hay que rellenar también los datos otra vez de la empresa, etc etc

O teneis algún email o algo asi? Desde luego .. uf
 

fundación

Miembro conocido
Yo tengo el formato de direcciones del SEPE para informar de los acuerdos de empresa que se envían a la autoridad laboral, pero no sé si te admitirían otra cosa.

Sería DPxxAcuerdos.ERE@sepe.es y sustituyendo xx por el código provincial, igual que los de SS.
 

Sergei

Miembro conocido
InmaRase dijo:
La Platilla de Excel se presenta aquí?

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Registro Electronico?

Pero es un coñazo, hay que rellenar también los datos otra vez de la empresa, etc etc

O teneis algún email o algo asi? Desde luego .. uf
Sí es un suplicio... todo picado a mano.
Pero creo que es la única vía posible a tener de lo que pone en la web del sepe
 

Argi

Miembro conocido
¿ el excel se presenta en excel o en pdf?
Sergei dijo:
InmaRase dijo:
La Platilla de Excel se presenta aquí?

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Registro Electronico?

Pero es un coñazo, hay que rellenar también los datos otra vez de la empresa, etc etc

O teneis algún email o algo asi? Desde luego .. uf
Sí es un suplicio... todo picado a mano.
Pero creo que es la única vía posible a tener de lo que pone en la web del sepe
 

Mc

Miembro activo
Hola  .. tras una consulta a trabajo  esto me han contestado por si os sirve:


HASTA QUE NO RECIBAS LA RESOLUCION NO PUEDES PRESENTAR LA DECISION, LO QUE S ITIENES QUE HACER ES PRESENTAR UNA SOLICTUD COLECTIVA AL SEPE

El Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19 (BOE del 28), ha establecido un procedimiento específico de procedimiento de reconocimiento de la prestación contributiva por desempleo, para todas las personas afectadas por procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada basados en las causas previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, se iniciará mediante una solicitud colectiva presentada por la empresa ante la entidad gestora de las prestaciones por desempleo, actuando en representación de aquellas.


Esta solicitud se cumplimentará en el modelo proporcionado por el SEPE y se incluirá una serie de datos, entre ellos el número de expediente asignado por la autoridad laboral.

A los efectos de conocimiento por parte de las empresas del n.º de expediente, se va a habilitar por parte de la Autoridad Laboral, una consulta pública en la página web del Gobierno de Aragón

La comunicación referida deberá remitirse por la empresa en el plazo de 5 días desde la solicitud del expediente de regulación temporal de empleo en los supuestos de fuerza mayor a los que se refiere el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, o desde la fecha en que la empresa notifique a la autoridad laboral competente su decisión en el caso de los procedimientos regulados en su artículo 23. La comunicación se remitirá a través de medios electrónicos y en la forma que se determine por el Servicio Público de Empleo Estatal.

El plazo para resolver y notificar hace referencia a días hábiles, y en el caso de Aragón, este plazo de cinco días debe entenderse de diez días, ya que, por Orden de 27 de marzo de 2020, de la Consejera de Economía, Planificación y Empleo, se acordó la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor, ampliándolo a diez días.

En el supuesto de que la solicitud se hubiera producido con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley, el plazo de 5 días empezará a computarse desde esta fecha.

Debe resaltarse que, de acuerdo con la disposición adicional primera de la norma indicada, la duración de los expedientes temporales de regulación de empleo basados en causas de fuerza mayor, no podrá extenderse más allá del periodo en que se mantenga la situación extraordinaria derivada del COVID-19, por tanto, que su duración máxima será la del estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus posibles prórrogas.
Esta limitación resultará aplicable tanto en aquellos expedientes respecto de los cuales recaiga resolución expresa como a los que sean resueltos por silencio administrativo, con independencia del contenido de la solicitud empresarial concreta.

... He visto que algunas resoluciones no se me han notificado pero si han incluido el nº expte en ese listado ..... asi que si tengo el numero de expte .... lo envio todo (  incluyendo los certific@2 y la leche )  y ya se vera .... 
 

Argi

Miembro conocido
fundación dijo:
PDF no no... hay que enviarlo en Excel, versiones MSOffice 2007 y siguientes.

Joer, pues podían avisarlo. Yo no he visto en ningún sitio que hay que mandarlo en excel y en la página del registro se dice que aceptan tanto pdf como excel, word...

En fin, a ver si me dicen algo....
 

fundación

Miembro conocido
¿Cómo solicitar la prestación en nombre de los trabajadores?

Cumplimente la solicitud colectiva con información relativa a la empresa, la persona representante de la misma y las personas afectadas por la suspensión o reducción de jornada, así como los datos necesarios para el reconocimiento de las prestaciones que se recogen en el modelo Excel que se puede descargar aquí.  Deberá remitir un formulario por cada centro de trabajo afectado.

El formulario Excel contiene dos pestañas. En la primera están las instrucciones de cumplimentación. En la segunda, los datos a cumplimentar. Puede añadir tantos trabajadores como sea necesario en la parte inferior de la hoja.

Sólo ha de incluir los trabajadores en activo en la fecha de la suspensión o reducción de jornada (no a los que estén en IT, maternidad, paternidad, excedencia).

El nombre del fichero Excel será el Código Cuenta Cotización del centro de trabajo, con sus quince dígitos (EJEMPLO:  011101123456789)

Remita el archivo Excel de solicitud colectiva, a través del registro electrónico común de las administraciones públicas a la Dirección Provincial del SEPE en la provincia donde se ubique el centro de trabajo. (Para buscar la provincia, deberá teclearse la palabra “SEPE” en el buscador del apartado “Organismo destinatario” del registro electrónico).

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do 

Importante: la Dirección Provincial del SEPE y la empresa podrán acordar otras formas de remisión, como el correo electrónico, y otros modelos de remisión de datos, siempre que se garantice la seguridad de las comunicaciones y se facilite toda la información necesaria.

Posteriormente tendrá que remitir urgentemente el certificado de empresa de cada uno de los trabajadores, a través de certific@2, como habitualmente.

https://sede.sepe.gob.es/portalSedeEstaticos/flows/gestorContenidos?page=index_certificados
 

Mc

Miembro activo
Es decir que tambien enviais los certific@2 ?  Ademas de la excel , me refiero ..... Joder!  Llevo un lio . jajaja
 
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