Eliminan la responsabilidad directa del FOGASA en PYMES <25 trabajadores

fundación

Miembro conocido
Según parece...

Mediante una enmienda del Senado y sin consultar a los agentes sociales, el PP ha incluido en los Presupuestos del año que viene la eliminación de un artículo del Estatuto de los Trabajadores que permitía que el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) pagase hasta ocho días por año de los despidos objetivos en las empresas de menos de 25 trabajadores.
 
J

juanlab

Guest
Lo preocupante es que según UGT afectaría incluso a los expedientes ya presentados....... me parecería muy fuerte (los veo capaces porque el año pasado nos quitaron las bonificaciones de contratos concedidas antes del RD famoso...)

saludos
 

CHARO

Miembro conocido
A lo que estamos llegando :'( :'( pero como en este país nunca pasa nada.... :-X
 

nelin

Nuevo miembro
Pues parece una medida muy acertada, ¿porqué tenemos que pagar los españoles parte de ese despido? Si la empresa es insolvente o está en concurso de acreedores paga el FOGASA, y si no es así, ¿Qué problema hay? ¿Cuántos despidos pactados se han hecho, porque salen baratos y paga papa estado?
ENMIENDA NÚM. 2997
Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)
El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
ENMIENDA
De adición.
Se añade una nueva Disposición final, la cuarta bis, al proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, con la siguiente redacción:
«Disposición final cuarta bis. Modificación del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Con efectos de 1 de enero de 2014 y vigencia indefinida, se suprime el apartado 8 del artículo 33 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, manteniéndose el resto de la redacción, así como su numeración.»

JUSTIFICACIÓN
La enmienda pretende recuperar para el Fondo de Garantía Salarial su naturaleza de entidad de aseguramiento, limitando su intervención como institución de garantía en aquellos supuestos de insolvencia o concurso empresarial, desincentivando el despido y fomentando el mantenimiento del empleo.
 

Ro

Miembro activo
No voy a negarte que en parte tienes razón y mucha, aquí todas las pequeñas empresas como es muy fácil poder acogerse al despido por causas objetivas, se hacían cargo solo del 60% y el 40% restante que se hiciera cargo el FOGASA, en parte todos los españoles. Pero desde otro punto de vista, nos encontramos que los trabajadores ya estaban bastante desprotegidos, como para que ahora les venga otro palo más, y ya ni cobrarán de la empresa ni del FOGASA.
De todos modos, si es a partir de ahora, pues ya sabemos lo que hay y a qué atenerse e informar, pero me parecería mal que se aplicara a los despidos anteriores que aún no han sido resueltos por el FOGASA, y bien sabemos que esto puede pasar, porque en este país en los últimos años puede pasar de todo y cuando menos te lo esperas.
 

amperio

Nuevo miembro
Buenas noches.

Coincido con lo que ha dicho Ro.

En MI opinión, lo que tendría que hacer el gobierno es restablecer las indemnizaciones que pagaba FOGASA antes de un decretazo del año 2012 en el que se redujeron tanto el número de días de impago (120 días en vez de 150 días) como el salario base (el doble del salario mínimo en vez del triple) para el cálculo de la indemnización.

Un saludo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Las opiniones de lo que tiene que ser o dejar de ser están muy bien. Sin embargo, hay una cosa que se llama seguridad jurídica, y se ha de dar un cierto plazo para la aplicación de modificaciones de este calado.
 

leguleyo

Nuevo miembro
FERNANDO dijo:
Las opiniones de lo que tiene que ser o dejar de ser están muy bien. Sin embargo, hay una cosa que se llama seguridad jurídica, y se ha de dar un cierto plazo para la aplicación de modificaciones de este calado.

Amén.

Coincido en lo del coladero del fraude, pero no es menos verdad que esta responsabilidad directa ha servido a muchas pymes para poder seguir ejerciendo su actividad. No olvidemos que dichas pymes no tienen tanto músculo financiero ni crédito ilimitado por parte de los bancos, por lo que una indemnización de 20 días puede significar bajar la persiana en algunos casos (hablo con conocimiento de causa familiar).

En mi opinión, esto va a provocar que algunas pymes bajen la persiana directamente, el administrador sea insolvente toda su vida y el trabajador cobrará de aquí a 4 años del Fogasa.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Aún está todo en mantillas; imaginemos los despidos hechos con fecha de efectos de 31-12-2013, pero cuya indemnización de pagó el 16-12-2013. Ahora, la empresa dudando de si pagará FOGASA o no. Lo más justo sería acotar desde la comunicación del despido, o bien desde el abono de la indemnización. Lo dicho: seguridad jurídica.
 

CrisFM

Miembro
sandrita dijo:
Yo si pone con efectos de 1 de enero de 2014, se entiende que

Uy uy, no des nada por entendido ni por supuesto, y menos si contiene la lógica más aplastante

Cuando la Reforma Laboral de nuestros ilustres legisladores, se les ocurrió en el R.D. 3/12 que el 40% Fogasa lo tenia que pedir la empresa.
Y luego cuando aprobaron la ley 3/12 se les puso en los cataplines que mejor lo pidiera el trabajador y solo el trabajador.

Bueno, pues yo hice un despido objetivo con preaviso al amparo del RD pero su efectividad tuvo lugar una vez entrada en vigor la ley.

Desafortunadamente carezco del superpoder de la adivinación

Es decir, obligada por la Legislación vigente en ese momento la empresa abonó el 100% de la indemnización en el momento del preaviso y luego pidió el abono al FOGASA del 40%

¿Y a que no sabéis que entendió el FOGASA?

Pues que como la solicitud se hizo ya en vigor la Ley 3/12 ese 40% solo lo podía pedir el trabajador :mad:

En fin, cuando salga el juicio os sigo contando
 
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