Estás utilizando un navegador obsoleto. Puede que este u otros sitios no se muestren correctamente. Debes actualizarlo o utilizar un navegador alternativo.
La situación de riesgo del embarazo la debe determinar la MUTUA que es la que tiene asumidas las competencias. Deberás aportar la documentación oportuna a la misma y si procede se establecerá una fecha de inicio de la situación de REL con la consiguiente prestación de 100% de BR a cargo de la MUTUA hasta que pase a situación de Maternidad.
Así mismo si se contrata a un trabajador/ra desempleado para sustitución de la trabajadora en esta situación se trataría de un contrato bonificado y que sería compatible con la bonificación por sustitución en maternidad
Utilizamos cookies para ayudar a personalizar el contenido, adaptar la experiencia, y si estás registrado, a mantenerte conectado.
Al continuar utilizando este sitio, estás dando tu consentimiento a nuestra utilización de cookies.