Embargo cantidad fija mensual - AEAT

Pelayo

Nuevo miembro
Buenos días a todos,

No encuentro el caso y no me había pasado nunca. Nos ha llegado una diligencia de la AEAT donde nos indica una cantida fija mensual para descontar por embargo a un trabajador. Hasta ahora se le aplicaba la legislación habitual del art. 607 LEC; pero ahora tengo dudas si tengo que hacerlo a tipo fijo como me dicen o tengo que hacerlo como hasta ahora.
Yo siempre creía que se hacía conforme al art. 607 LEC salvo para los casos de alimentos que un juzgado te podía decir que pagaras una cantidad superior a lo que te salía según el mencionado artículo.
Además tampoco me dicen en el escrito nada de por qué esta cantidad y en base a qué criterios.
¿Os ha pasado a alguien algo parecido?
Muchas gracias.
 

Gestributs

Miembro activo
A mi si. En casos que el trabajador tiene varias nóminas a tiempo parcial y no llega al SMI en ninguna por separado. Me ha pasado con Hacienda y con TGSS. Me han dado el importe a embargar.
 

IVO

Miembro conocido
Por cierto , uso este hilo por no crear uno (no se si hago bien). ¿os esta pasando que con las subida del SMI se deja de poder embargar con la tabla de la LEC ? Hay que avisar a la entidad que ha ordenado el embargo esta circunstancia?
 

Marisa

Miembro activo
Si , me está pasando y procedo a comunicarlo al organismo correspondiente para que quede constancia.
 
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IVO

Miembro conocido
Si , me está pasando y procedo a comunicarlo al organismo correspondiente para que quede constancia.
Gracias. Es que me ha entrado la duda. Como sigan asi van a tener que modificar la LEC en ese punto o algo porque va a estar complicado embargar a la gente
 
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