EMBARGO DE SALARIO POR PENSIÓN ALIMENTICIA

menceyes

Nuevo miembro
Nos llega embargo del juzgado a practicar a un trabajador. El embargo es por falta del pago de la prestación alimenticia a hijos y nos dice lo siguiente;

"En el procedimiento arriba indicado, se ha decretado el embargo sobre sueldo y demás emolumentos que el ejecutado XXXXXXXX perciba al prestar servicios para esta entidad, en cuantía suficiente hasta cubrir las sumas reclamadas que son las siguientes: 110 mensuales hasta alcanzar la cuantía de 7460 euros".

En este caso, ¿qué entienden ustedes, que se practique el embargo en 110 mensualidades?

 

Ro

Miembro activo
Sí entiendo que es lo que dice 7460: 110 = es el importe que debes embargar mensualmente.
 

Raquelcs

Miembro activo
umm, no he tenido un embargo así nunca, pero por lo que has escrito yo entiendo que se le embarga cada mes 110 euros hasta que alcance los 7460 euros.
 

EL NOMINAS

Miembro activo
Si todos los meses 110. Si gana por ejemplo solo 80, pues ochenta. En estos embargos no se tiene en cuenta el SMI.
 

menceyes

Nuevo miembro
Es que lo pone así, de manera literal, "110 mensuales", con lo que se pueden imaginar el lío. No entiendo bien si se trata de:

1- Debe 110 mensualidades sumando aquella cantidad.
2- Se le debe embargar en 110 mensualidades.
3- Se debe embargar 110 euros mensuales

La redacción del edicto se las trae.

 

Ro

Miembro activo
Fue error mío al leer, 110 mensualidades cuando realmente dice 110 mensuales.
Por lo tanto tenéis que embargarle 110 euros mensuales hasta completar la totalidad de la cantidad.
 
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