pajarillo
Miembro conocido
Buenas tardes,
No se si alguien conocerá cual es el proceder del INSS el siguiente caso:
No se si alguien conocerá cual es el proceder del INSS el siguiente caso:
- Pensionista de jubilación activa.
- Tiene deuda de TGSS desde hace muchos años por una derivación de responsabilidad.
- Hasta la fecha, al percibir el 50% de la pensión y ser este importe inferior al SMI, no le ha sido embargado nada.
- En próximas fechas recibirá un monitorio por otro acreedor particular.
- Al mismo tiempo, el jubilado pasará a percibir la jubilación completa (por un importe superior al SMI).
- Mi duda es, si coincide que el pensionista pasa a la jubilación completa, y el INSS recibe al mismo tiempo requerimiento de embargo del juzgado por la deuda de ese particular, ¿aplicarían el embargo por esa deuda que proviene del juzgado?, ¿o responderían que existe una deuda previa de TGSS?.
- Dicho de otro modo, y poniendo un caso llevado al extremo → si el INSS recibe de TGSS un requerimiento de embargo hace, por ejemplo, 8 meses, ¿Cuánto tiempo tienen guardado ese requerimiento a la espera de que el pensionista perciba un importe superior al SMI?, ¿indefinidamente?.