EMBARGO INDEMNIZACIÓN PERO NO PAGARÁ...

MarLo

Miembro conocido
Una duda de última hora de la tarde... ayudita. Tengo una empresa con una notificación de embargo por deuda de un trabajador (800 euros) y a favor de un ayuntamiento. No se embargaba nómina hasta ahora porque el trabajador estaba por debajo de SMI. Hoy cierra y despide y se puede embargar la indemnización (despido objetivo) pero la empresa me dice que no va a pagar estas últimas nóminas. Ni nóminas ni indemnizaciones. ¿Qué hago con el embargo?

Lo meto en nómina y descuento (aún sabiendo que tampoco el empresario podrá pagar al ayuntamiento) o como realmente no va a realizar pago ninguno de fin de contrato, ya ni me molesto en meter el embargo en nómina.

De las dos opciones cuál es la menos lesiva para la empresa... a pesar ya de la complicada situación desesperada de falta de money.
 
Última edición:

anuskillas

Miembro conocido
Yo aplicaria el embargo enla n9mina como siempre. Si no hay cash, no van a ingresar el importe pero aún así creo que es lo correcto,cuando el trabajador, si es el caso, denuncia ya tiene el embargo descontado
 

MiriamSR

Miembro conocido
Ufff, pues no se por que opción decidirme. Creo que lo pondría, porque la empresa es en ambas formas deudora solidaria ¿no? Si no embargas, debías haberlo hecho, si embargas y no pagas nómina, yo diría que lo mismo, debería haberlo hecho. Entiendo que el trabajador reclamará...
 

elchuske

Miembro conocido
Yo tengo otra version. El tema de si va a pagar o no es para el ayuntamiento irrelevante. Tienes que hacer el embago si o si . Pero ahora tendras dos deudas, una al ayuntamiento y otra al currito.
Si no lo haces y no comunicas nada estas incurriendo en una falta o como se llame no hacer el embargo.
Asi que a mi entender se le comunica al ayuntamiento esta circustancia y que sea él, el que decida que hacer.
En teoria deberia anular el embargo y meterselo al nuevo deudor, la empresa, Pero teniendo en cuenta lo vagos que son dejaran todo como esta.
 

MarLo

Miembro conocido
La verdad es que es una decisión complicada. Gracias por las aportaciones. He tenido que tomar una decisión salomónica después de leeros y meditarlo. A ver que os parece. En la nómina no le resto nada. Y en la carta del despido objetivo he puesto las cantidades indemnizatorias y la cantidad de la liquidación del mes con vacaciones. Abajo de todo he puesto que en el momento del pago de cualquier importe se retendrá la cantidad del embargo sin dar por hecho que ya se ha hecho . Lo he enfocado así por lo siguiente... Durante el tiempo que la empresa no pague nada de nada puede que el Ayuntamiento haga un embargo al trabajador directamente. Si esto es así, y ya pongo el embargo descontado en nómina, el trabajador puede decir que ya se encargó la empresa. Si no lo descuento en nómina y ocurriese lo anterior, que el ayuntamiento embarga alguna cuenta del trabajador, cabe la posibilidad que ni el trabajador diga nada sobre que la empresa se encargó (porque no aparece el descuento en nómina) y quizás también hay una vía de escape para alegar, en caso de que el Ayuntamiento dispare directamente contra la empresa, que no se llegó a embargar nada porque nada se pagó aún, y que eso se haría en el momento que realmente ocurriese el pago al trabajador....

En caso de mantener deuda prefiero que siempre se concentre la deuda con el trabajador y que se resuelva todo en un futuro proceso judicial, que ande por un lado el trabajaor, y por otro una deuda que urge pagar con el Ayuntamiento y que puede impedir algún tipo de gestión con las administraciones públicas
 
Última edición:

Elena-Z

Miembro activo
La verdad es que es una decisión complicada. Gracias por las aportaciones. He tenido que tomar una decisión salomónica después de leeros y meditarlo. A ver que os parece. En la nómina no le resto nada. Y en la carta del despido objetivo he puesto las cantidades indemnizatorias y la cantidad de la liquidación del mes con vacaciones. Abajo de todo he puesto que en el momento del pago de cualquier importe se retendrá la cantidad del embargo sin dar por hecho que ya se ha hecho . Lo he enfocado así por lo siguiente... Durante el tiempo que la empresa no pague nada de nada puede que el Ayuntamiento haga un embargo al trabajador directamente. Si esto es así, y ya pongo el embargo descontado en nómina, el trabajador puede decir que ya se encargó la empresa. Si no lo descuento en nómina y ocurriese lo anterior, que el ayuntamiento pilla cacho de alguna cuenta del trabajador, cabe la posibilidad que ni el trabajador diga nada sobre que la empresa se encargó (porque no aparece el descuento en nómina) y quizás también hay una vía de escape para alegar, en caso de que el Ayuntamiento dispare directamente contra la empresa, que no se llegó a embargar nada porque nada se pagó aún, y que eso se haría en el momento que realmente ocurriese el pago al trabajador....

En caso de mantener deuda prefiero que siempre se concentre la deuda con el trabajador y que se resuelva todo en un futuro proceso judicial, que ande por un lado el trabajaor, y por otro una deuda que urge pagar con el Ayuntamiento y que puede impedir algún tipo de gestión con las administraciones públicas
Yo te iba a sugerir algo así... que conste el total de nómina, pero también la posibilidad de embargarla si un dia se llega a pagar.
Y quizá informaría al ayuntamiento, para que no dé por hecho que va a cobrar de ahí, para que no piense, llegado el caso, que nos hemos quedado con su dinero...
 

elchuske

Miembro conocido
Es que la posibilidad de embargo ya se ha producido. Y como hay dinero pendiente de pago el obligado es la empresa no el trabajador. En estas cosas hay que ser legalistas porque luego te salpica todo.
Para cubrirme en salud. Hago la nomina, le pongo embargo y le reconozco la deuda de salarios menos el embargo. Que es como se tiene que hacer en circustancias normales.
El trabajador no tiene culpa de nada, le deben dinero y ordenan por un ente publico que se haga el embargo. El trabajador a unas malas puede argumentar que a el le han retenido y que reclamen a la empresa. O, teniendo dinero para retener no lo ha hecho la empresa, Y eso es peor.
E informo al ayuntamiento de lo que pasa.
 
Arriba